Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2018 (20/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Martes 20 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Modifican la Estructura Orgánica y el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD; y aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de las Redes Prestacionales de Lima y Callao
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 125-PE-ESSALUD-2018 Lima, 16 de febrero de 2018 VISTOS: La Carta Nº 414-GCPP-ESSALUD-2018 y el Informe Técnico Nº 10-GOP-GCPP-ESSALUD-2018, de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto; la Carta Nº 631-GCAJ-ESSALUD-2018 y el Informe Nº 45-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2018, de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 1.2 del artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, ESSALUD tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como, otros seguros de riesgos humanos; Que, con el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; en cuyo literal a) del artículo 3º se señalan las entidades que se sujetan a lo dispuesto en la citada norma, entre las cuales se menciona a los Organismos Públicos Descentralizados u otros Organismos Públicos con calidad de pliego presupuestal adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros o a los Ministerios, con independencia de la denominación formal que las normas les reconozcan; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 656-PE-ESSALUD-2014, de fecha 31 de diciembre de 2014, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud ­ESSALUD, la misma que fue modificada por las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nro. 152, 222, 226 y 601-PE-ESSALUD-2015, siendo aprobado el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PE-ESSALUD-2015 y sus modificatorias; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 601-PE-ESSALUD-2015, de fecha 17 de setiembre de 2015, se aprueba el Modelo de Organización y Funciones de la Gerencia de Red Desconcentrada y los Reglamentos de Organización y Funciones de la Gerencia de Red Desconcentrada Almenara, Rebagliati y Sabogal; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 105-PE-ESSALUD-2016, y su modificatoria se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren, asimismo, se dispone que los cargos ejecutivos que se detallan en el Anexo A, que forma parte integrante de la Resolución, se constituyan en cargos funcionales y se adscriban a la unidad orgánica a la que pertenecen; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 189-PE-ESSALUD-2017 se conforman las Redes Prestacionales Rebagliati, Almenara y Sabogal como órganos desconcentrados de ESSALUD; dependientes de la Gerencia General y representan al Seguro Social de Salud en el espacio geográfico asignado en el marco

de las políticas, normas y planes institucionales; así también, se crean los cargos ejecutivos de Gerente de Red Prestacional Rebagliati, Gerente de Red Prestacional Almenara y Gerente de Red Prestacional Sabogal de nivel E2, que se financian con el presupuesto de las plazas de los cargos de Gerente de la Red Asistencial Rebagliati, de Gerente de la Red Asistencial Almenara y de Gerente del Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren, respectivamente; Que, igualmente, la Resolución en mención dispone que los Reglamentos de Organización y Funciones de las Redes Asistencial Almenara y Rebagliati, aprobados por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 545-PEESSALUD-2011 y Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 546-PE-ESSALUD-2011, modificados por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 601-PE-ESSALUD-2015, pasen a ser del Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen y del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins, respectivamente; Que, asimismo, la precitada norma dispone que el Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen y la Gerencia de Red Desconcentrada Almenara, el Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins y la Gerencia de Red Desconcentrada Rebagliati y el Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren y la Gerencia de Red Desconcentrada Sabogal dependan del Gerente de la Red Prestacional Rebagliati, del Gerente de la Red Prestacional Almenara y del Gerente de la Red Prestacional Sabogal, respectivamente, manteniendo sus actuales estructuras orgánicas, en tanto se aprueben los Reglamentos de Organización y Funciones correspondientes; Que, además, el numeral 5 de la referida Resolución dispone que la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto presente los Reglamentos de Organización y Funciones de las Redes Prestacionales Rebagliati, Almenara y Sabogal; así como, los cambios normativos en los documentos de gestión correspondientes; Que, de acuerdo al literal m) del artículo 36º del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PEESSALUD-2015 y modificatorias, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto tiene la función de formular, actualizar, evaluar y proponer, entre otros, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de ESSALUD y órganos desconcentrados; Que, asimismo, en los literales d) y h) del artículo 45º del citado Texto Actualizado se establece que la Gerencia de Organización y Procesos de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto tiene como función, entre otras, evaluar y emitir opinión técnica respecto a los requerimientos de modificación de la estructura, funciones y procesos propuestos por los órganos centrales y desconcentrados, así como, proponer los cambios organizacionales y normativos que permitan una optimización y flexibilización de la estructura orgánica de la Institución, así como los documentos de gestión institucional, que correspondan al ámbito de su competencia; Que, con Carta de Vistos, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto remite un proyecto de Resolución de Presidencia Ejecutiva que modifica el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD y aprueba los Reglamentos de Organización y Funciones de las Redes Prestacionales Rebagliati, Almenara y Sabogal, así también, propone medidas para la implementación de las Redes Prestacionales en mención y disposiciones complementarias para la referida implementación; Que, asimismo, remite el Informe Técnico Nº 10-GOPGCPP-ESSALUD-2018, elaborado por la Gerencia de Organización y Procesos de la citada Gerencia Central, en el que se expone y fundamenta la propuesta señalada, concluyéndose que los Reglamentos de Organización y Funciones de las Redes Prestacionales Rebagliati, Almenara y Sabogal se formulan en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 5 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 189-PE-ESSALUD-2017; Que, además, manifiesta que se incorpora a la Oficina de Control como parte de la organización de las Redes

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