Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2018 (21/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Miércoles 21 de febrero de 2018 /

El Peruano

de diciembre de 2018; asimismo, de conformidad con el artículo 48-bis de El Reglamento, entre otras, deberá cumplir con las siguientes obligaciones específicas de los Centros de Inspección Técnica Vehicular Móvil: 1. Prestar el servicio, en cada distrito en el cual se encuentra autorizado a operar, por lo menos una vez al año, durante un período de siete (7) días calendario consecutivos como mínimo. La jornada diaria de prestación de servicios no podrá ser inferior a ocho (8) horas. 2. Obtener de las Municipalidades Distritales, las autorizaciones necesarias para asegurar la realización de las inspecciones técnicas vehiculares en cada distrito en el cual se encuentra autorizado para operar. Dichas autorizaciones deberán ser puestas en conocimiento de la DGTT, antes del inicio de sus operaciones. 3. Abstenerse de modificar unilateralmente los cronogramas anuales de cobertura. Cualquier modificación deberá ser solicitada previamente a la Dirección General de Transporte Terrestre, hasta el último día hábil del mes de noviembre de cada año. No obstante, su aprobación tendrá eficacia a partir del 1 de enero del año siguiente. (...); Artículo 5°.La Empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: Acto Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Quinta renovación o contratación de nueva póliza Fecha máxima de presentación 07 de diciembre de 2018 07 de diciembre de 2019 07 de diciembre de 2020 07 de diciembre de 2021 07 de diciembre de 2022

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan Director de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Secretaría General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 065-2018-VIVIENDA Lima, 20 de febrero de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 233-2017-VIVIENDA, se designa al señor David Samuel Bastidas Villanes, en el cargo de Director de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida su designación y designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor David Samuel Bastidas Villanes, en el cargo de Director de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor José Alex Fiestas Ramírez, en el cargo de Director de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1618696-1

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 6°.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 7°.- El cronograma anual de cobertura 2018, aprobado en la presente Resolución Directoral, será publicado en el portal electrónico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones: www.mtc.gob.pe. Artículo 8°.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano", siendo el costo de su publicación asumido por la empresa "CITV REVISIONES TECNICAS VEHICULARES SAN MARTIN DE PORRES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - CITV REV TEC SMP E.I.R.L.". Artículo 9°.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en Jr. San Martin N° 831, segundo piso, distrito de San Román, provincia de Juliaca, departamento de Puno, domicilio señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1613741-1

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencias financieras a favor de diversas Entidades Ejecutoras
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 011-2018-DV-PE Lima, 20 de febrero de 2018 VISTO: El Memorándum Nº0019-2018-DV-SG-PP, mediante el cual la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", remite el Anexo Nº 01 que detalla los proyectos, entidades ejecutoras e importes a ser transferidos; y,

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