Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2018 (24/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Sábado 24 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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Memorándum N° 073-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS del 22 de enero de 2018, complementado mediante el Memorándum Nº 145-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS del 12 de febrero de 2018; Que, a través del Informe N° 156-2018-VIVIENDA/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del MVCS concluye que es legalmente viable la expedición de la Resolución Ministerial que aprueba el Sistema Constructivo No Convencional "Sistema Beton Decken"; Que, conforme a las opiniones técnicas señaladas en los considerandos precedentes, procede la aprobación del Sistema Constructivo No Convencional denominado "Sistema Beton Decken", con una vigencia de diez (10) años, conforme a la Memoria Descriptiva General y las Especificaciones Técnicas que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolución; De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, Ley Nº 30156; el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y modificatoria; el Decreto Supremo Nº 010-71-VI, el Decreto Supremo Nº 08-95-MTC, que dispone la fusión del Instituto Nacional de Investigación y Normalización de la Vivienda al SENCICO y el Reglamento para la Aprobación de Utilización de Sistemas Constructivos No Convencionales, aprobado por el Consejo Directivo Nacional de SENCICO en Sesión Nº 948 del 28 de noviembre de 2007; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Sistema Constructivo No Convencional Apruébese el Sistema Constructivo No Convencional denominado "Sistema Beton Decken", presentado por la empresa Beton Decken S.A.C., con una vigencia de diez (10) años, conforme a la Memoria Descriptiva General y las Especificaciones Técnicas que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Limitaciones Técnicas Dispóngase que la utilización del Sistema Constructivo No Convencional denominado "Sistema Beton Decken", estará limitado a las especificaciones contenidas en la Memoria Descriptiva General y las Especificaciones Técnicas del sistema que se aprueba en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución, la Memoria Descriptiva General y las Especificaciones Técnicas en los Portales Institucionales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe) y del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO (www.sencico. gob.pe), en la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1619892-3

Internacionales y el Memorando N° 378-2018-VIVIENDAOGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 059-2018-VIVIENDA, se autoriza el viaje del señor Jorge Ernesto Arévalo Sánchez, Viceministro de Vivienda y Urbanismo, del señor Fernando Julio Laca Barrera, Viceministro de Construcción y Saneamiento y del señor Jorge Luis Quintana García Godos, Director de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, para su participación en el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional de Ministros Perú ­ Colombia; Que, no obstante, por razones de la recargada agenda de trabajo, resulta necesario dejar sin efecto el citado acto resolutivo, en lo que corresponde a la autorización de viaje del señor Jorge Ernesto Arévalo Sánchez, Viceministro de Vivienda y Urbanismo y del señor Fernando Julio Laca Barrera, Viceministro de Construcción y Saneamiento, dejando subsistente la autorización de viaje otorgada al señor Jorge Luis Quintana García Godos, Director de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 059-2018-VIVIENDA, en el extremo que autoriza el viaje del señor Jorge Ernesto Arévalo Sánchez, Viceministro de Vivienda y Urbanismo y del señor Fernando Julio Laca Barrera, Viceministro de Construcción y Saneamiento, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, en mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución, quedando subsistente la autorización de viaje otorgada al señor Jorge Luis Quintana García Godos, Director de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1619990-1

Dejan sin efecto autorización de viaje de Viceministros de Vivienda y Urbanismo y de Construcción y Saneamiento a Colombia, dispuesta mediante R.M. N° 059-2018-VIVIENDA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 070-2018-VIVIENDA Lima, 23 de febrero de 2018 VISTOS; el Informe N° 016-2018/VIVIENDAOGPP-OCAI de la Oficina de Cooperación y Asuntos

Autorizan viaje de profesionales a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 071-2018-VIVIENDA Lima, 23 de febrero de 2018 CONSIDERANDO: Que, el Encuentro Presidencial y Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Chile, constituye la máxima instancia de diálogo político con Chile, y tiene por objetivo fortalecer la integración y la cooperación bilateral para el beneficio de las poblaciones de ambos países;

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