Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2018 (24/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de febrero de 2018 /

El Peruano

Que, la Declaración de Lima suscrita por los Gobiernos de la República del Perú y de la República de Chile, el 07 de julio de 2017, en el marco del Encuentro Presidencial y I Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Chile establece el compromiso del intercambio de marcos legales y normativos, experiencias y buenas prácticas e instrumentos de gestión en la atención y recuperación de centros urbanos luego de desastres naturales, desarrollo urbano en los aspectos de gestión de suelo, movilidad urbana y accesibilidad universal, sustentabilidad y certificación energética en vivienda, entre otros; Que, en el marco del Gabinete Binacional de Ministros Perú ­ Chile, se ha programado una reunión para los días 01 y 02 de marzo de 2018, en la ciudad de Santiago, República de Chile, entre representantes del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de la República de Chile y representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento­MVCS; Que, con Informe N° 047-2018-VIVIENDA-VMVUDGPPVU, el Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, indica que la participación del Sector en la reunión convocada resulta necesaria, a fin de promover el intercambio de información y experiencias en materia de vivienda y la evaluación de mecanismos de subsidios para programas de vivienda en alquiler, además de otros programas de acceso a vivienda social, bajo la modalidad de participación de las diferentes instancias y niveles de gobierno, así como la aplicación de subsidios y sistemas constructivos y materiales empleados; Que, con Memorándum N° 08-2018-VIVIENDA/GA, el Jefe del Gabinete de Asesores comunica la participación del señor Guido Andrés Borasino Sambrailo, Asesor II del Despacho Ministerial, en la reunión convocada en la ciudad de Santiago, República de Chile y traslada el Informe N° 02-2018-VIVIENDA-GA-GBS, mediante el cual se indica que la participación en la citada reunión resulta oportuna y necesaria para fortalecer la implementación de las políticas sectoriales en tanto que permitirá intercambiar experiencias relacionadas a los programas de vivienda en los que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo de la República de Chile cuenta con importante experiencia de implementación; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorando N° 376-2018-VIVIENDA-OGPP traslada el Informe N° 015-2018/VIVIENDA-OGPP-OCAI de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales, mediante el cual se indica que el intercambio de experiencias con el Ministerio de Vivienda y Urbanismo de la República de Chile, se realiza en el marco de los compromisos asumidos en la Declaración de Lima y tiene como finalidad el fortalecimiento de capacidades de los funcionarios del MVCS, en materia de vivienda y evaluación de mecanismos de subsidios para programas de vivienda en alquiler, además de otros programas de acceso a vivienda social, precisando que se ha propuesto la participación del señor Manuel Pablo Fernandini Capurro, Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo además del señor Guido Andrés Borasino Sambrailo, Asesor II del Despacho Ministerial; Que, conforme a lo señalado en el Informe de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales, resulta de interés institucional la participación del señor Manuel Pablo Fernandini Capurro, Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo y del señor Guido Andrés Borasino Sambrailo, Asesor II del Despacho Ministerial en la reunión a llevarse a cabo en la ciudad de Santiago, República de Chile en el marco deI I Gabinete Binacional Perú ­ Chile; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos son cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que

regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan la autorización de viajes al exterior de dicho personal, precisando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, establece que las autorizaciones de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 27619 y de acuerdo a las disposiciones contenidas en el citado Decreto Supremo y que para el caso de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes se otorgarán por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del señor Manuel Pablo Fernandini Capurro, Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo y del señor Guido Andrés Borasino Sambrailo, Asesor II del Despacho Ministerial, del 28 de febrero al 02 de marzo de 2018, a la ciudad de Santiago, República de Chile, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; Que, estando a lo expuesto resulta necesario encargar las funciones de Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo al Director de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Manuel Pablo Fernandini Capurro, Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo y del señor Guido Andrés Borasino Sambrailo, Asesor II del Despacho Ministerial a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 28 de febrero al 02 de marzo de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo Viáticos (Incluido US$ 370,00 por día TUUA) (Por 3 días) US$ 1 178.65 1 178.65 1 110.0 1 110.0

Nombres y apellidos Manuel Pablo Fernandini Capurro Guido Andrés Borasino Sambrailo

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados profesionales

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