Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2018 (24/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Sábado 24 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 30421, Ley Marco de Telesalud, en el portal institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 144-2018/MINSA Lima, 22 de febrero del 2018 Visto, el Expediente Nº 17-034453-001 que contiene el Informe Nº 003-2018-DIGTEL/MINSA, de la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas; Que, el artículo 4 de la Ley precitada, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la acotada Ley, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, mediante la Ley Nº 30421, Ley Marco de Telesalud, se establecen los lineamientos generales para la implementación y desarrollo de Telesalud como una estrategia de prestación de servicios de salud, a fin de mejorar su eficiencia y calidad e incrementar su cobertura mediante el uso de tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) en el sistema nacional de salud; Que, a través del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1303, que optimiza procesos vinculados a Telesalud, se modificaron los literales a) y b) del artículo 3 de la Ley Nº 30421, Ley Marco de Telesalud, referido a las definiciones de Telesalud y Telemedicina, estableciéndose además a través de la Única Disposición Complementaria Derogatoria, la derogación de los artículos 5, 6 y 7 de la Ley Nº 30421, Ley Marco de Telesalud; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30421, Ley Marco de Telesalud dispone que el Poder Ejecutivo reglamentará dicha Ley; Que, el numeral 3 del artículo 13 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los proyectos de reglamento se publican en el portal electrónico respectivo y por no menos de cinco (5) días calendario, para recibir aportes de la ciudadanía, cuando así lo requiera la Ley; Que, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general, resulta conveniente publicar el proyecto de Reglamento antes mencionado, en el portal electrónico del Ministerio de Salud, a fin de recibir los aportes de la ciudadanía; Que, mediante el Informe Nº 081-2018-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Telesalud, Referencias y Urgencias, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;

De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer que la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General efectúe la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 30421, Ley Marco de Telesalud, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp y en el enlace de documentos en consulta http://www.minsa.gob. pe/portada/docconsulta.asp a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general, durante el plazo de cinco (5) días calendario, a través de los correos electrónicos webmaster@ minsa.gob.pe. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Telesalud, Referencias y Urgencias, el procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, así como la elaboración del proyecto final. Regístrese, comuníquese y publíquese. ABEL HERNÁN JORGE SALINAS RIVAS Ministro de Salud 1619621-3

Autorizan viajes de profesionales del Ministerio a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 145-2018/MINSA Lima, 22 de febrero del 2018 Visto, el expediente N° 18-011346-004 que contiene la Nota Informativa N° 053-2018-DGAIN/MINSA emitida por el Director General de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, se llevará a cabo el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional Colombia ­ Perú, del 26 al 27 de febrero de 2018; Que, mediante documento de visto, el Director General de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional del Ministerio de Salud, solicita se autorice asistir al evento señalado en el párrafo precedente al médico cirujano Carlos Ayestas Portugal, Director Ejecutivo de la Dirección de Aseguramiento en Salud de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional; Que, el Gabinete Binacional con Colombia constituye la máxima instancia de diálogo y coordinación política con ese país, y sus trabajos se estructuran en función de cinco ejes temáticos: i) gobernanza y asuntos sociales, ii) asuntos ambientales y minero ­ energéticos, iii) comercio, desarrollo económico y turismo, iv) seguridad y defensa y v) asuntos fronterizos y migratorios; Que, según lo señalado por la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud mediante el Memorándum N° 289-2018-OGA/MINSA, los gastos de viaje al exterior del Director Ejecutivo de la Dirección de Aseguramiento en Salud de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, por concepto de pasajes y viáticos para participar en el evento antes señalado, serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional según la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 1154, en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe N° 038-2018-EGC-ODRHOGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos remite información sobre la situación laboral del citado Director Ejecutivo; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y

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