Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2018 (24/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de febrero de 2018 /

El Peruano

Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 658-2017-MINSA, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 15 de agosto de 2017, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto Nacional de Salud, en el cual el cargo de Director General del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud, se encuentra calificado como de confianza; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que Establece la Eliminación Progresiva del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado mediante el Decreto Legislativo Nº 1057, dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo. Este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 222-2014-J-OPE/INS de fecha 19 de agosto de 2014 se designó al Químico Farmacéutico Rubén Gaspar Tabuchi Matsumoto en el cargo de Director General del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud; Que, mediante documento de visto, el Químico Farmacéutico Rubén Gaspar Tabuchi Matsumoto pone a disposición el cargo de Director General del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud; por lo que se ha visto por conveniente aceptar dicho acto como renuncia, correspondiendo designar al profesional que asumirá dicho cargo; Con el visto del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud, y; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales; y, en uso de las facultades establecidas en el literal h) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2013-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del Químico Farmacéutico Rubén Gaspar Tabuchi Matsumoto, al cargo de Director General del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados Artículo 2.- Designar bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios al Químico Farmacéutico Luis Enrique Moreno Exebio en el cargo de Director General del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR A. CABEZAS SÁNCHEZ Jefe 1619733-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el departamento de Lima
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0119-2018/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 21 de febrero de 2018 Visto el Expediente N° 633-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado del terreno eriazo de 37 858,71 m2, ubicado al Norte de la Asociación de Criadores Porcinos "Cerro Verde" y al Sur del Cerro San Francisco, acceso desde la prolongación de la Av. José Carlos Mariátegui, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 37 858,71 m2, ubicado al Norte de la Asociación de Criadores Porcinos "Cerro Verde" y al Sur del Cerro San Francisco, acceso desde la prolongación de la Av. José Carlos Mariátegui, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, que se encontraría sin inscripción registral; Que, mediante los Oficios Nros. 5079, 5081 y 50822016/SBN-DGPE-SDAPE todos de fecha 03 de noviembre de 2016 (folios 40,42 y 43) y Oficio N° 5788-2017/SBNDGPE-SDAPE de fecha 11 de agosto de 2017(folio 72) y Oficio N° 7202-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 25 de setiembre de 2017 (folio 78) y Memorándum N° 38802016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 20 de diciembre de 2016 (folio 51), se solicitó información a las siguientes entidades: Municipalidad Metropolitana de Lima, Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura, Municipalidad Distrital de Villa Maria del Triunfo, Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ­ SUNARP, Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI y Subdirección de Registro y Catastro - SDRC de la SBN, respectivamente, a fin de determinar si el área en evaluación es susceptible de ser incorporada a favor del Estado; Que, mediante Memorándum N° 03880-2016/SBNDGPE-SDAPE de fecha 20 de diciembre de 2017 (folio 51) se solicitó a la Subdirección de Registro y Catastro informe si el predio submateria se encuentra registrado en la base gráfica con la que cuenta esta Superintendencia; siendo atendido el pedido mediante Memorando N° 18662016/SBN-DNR-SDRC de fecha 26 de diciembre de 2016 (folio 53), en el cual señaló que el predio submateria no se encuentra registrado en la base gráfica de la SBN; Que, mediante Oficio N° 5079-2016/SBN-DGPESDAPE de fecha 03 de noviembre de 2016 (folio 40), se solicitó a la Municipalidad Metropolitana de Lima informe en mérito de sus competencias sobre saneamiento físico y legal de la propiedad agraria en conformidad a la función n) del artículo 51° de la Ley N° 27867- Ley

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