Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2018 (21/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Sábado 21 de julio de 2018

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1671795-1

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2018/SJD-MDS de fecha 20 de abril de 2018 emitido por la Subgerencia de Juventudes y Deportes; el Informe Nº 022-2018/GDSEJ-MDS de fecha 19 de abril de 2018 emitido por la Gerencia de Desarrollo Social, Educación y Juventudes; el Informe Nº 018-2018-GPPCI/MDS de fecha 20 de abril de 2018 emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional; el Informe Nº 029-2018-GAF-MDS de fecha 20 de abril de 2018 emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe Nº 176-2018-GAJ-MDS de fecha 23 de abril de 2018 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 385-2018-GM-MDS de fecha 24 de abril de 2018 emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el gobierno local goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, prevé en su artículo 8º que la autonomía, en este caso el Gobierno Local, es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Se sustenta en afianzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el marco de la unidad de la nación. La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas; Que, a través del Registro Nº 11453-17 de fecha 28 de noviembre de 2017, la empresa INVERSIONES JIREH WORLD S.A.C. propuso otorgar una donación a favor de la Municipalidad Distrital de Surquillo el cual consiste en la realización de obras de mejoramiento del Complejo Deportivo Paul Harris "Morococha" a favor de la comunidad surquillana, por un valor de S/ 1'538,612.55 (Un Millón Quinientos Treinta y Ocho Mil Seiscientos Doce con 55/100 Soles); Que, el inciso 20) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prevé que son atribuciones del Concejo Municipal aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la aprobación por MAYORÍA de sus miembros y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se adoptó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- ACEPTAR la donación realizada por la empresa INVERSIONES JIREH WORLD S.A.C. a favor de la Municipalidad Distrital de Surquillo, consistente en la realización de obras de mejoramiento del Complejo Deportivo Paul Harris "Morococha" a favor de la comunidad surquillana, por un valor de S/ 1'538,612.55 (Un Millón Quinientos Treinta y Ocho Mil Seiscientos Doce con 55/100 Soles). Artículo Segundo.- PRECISAR que la donación aceptada no implica contraprestación, otorgamiento ni reconocimiento de derecho alguno respecto del complejo deportivo u otros bienes o servicios municipales a favor de la donante o de terceros. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la comunicación a la empresa JIREH WORLD S.A.C. dándole las gracias por su valioso aporte. Artículo Cuarto.- PONER en conocimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Desarrollo Social, Educación y Juventudes y a la Gerencia de Desarrollo Urbano para la ejecución de las tareas de su competencia así como su cumplimiento y supervisión.

Disponen el embanderamiento general en viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2018-MDS Surquillo, 9 de julio de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el día 15 de julio del presente año se celebra un año más de la creación política del Distrito de Surquillo, asimismo, el día 28 de julio del presente año, se conmemora el 197º Aniversario de la Independencia Nacional; Que, siendo estas fechas de trascendencia Nacional y Local, respectivamente, constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del Distrito, los sentimientos de identidad nacional y revaloración de los principios como el civismo, respeto y amor a la patria; Que, es deber del Gobierno Local en vista de la celebración de estos magnos acontecimientos, incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales; Que, es política de la actual administración municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, así como nuestra conciencia cívica, a través de la celebración de actividades y festividades, siendo uno de ellos el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del Distrito de Surquillo, lo cual redundará en el mejoramiento del ornato local; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE SURQUILLO; tanto en viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas a partir de la fecha, como acto cívico al celebrarse el 69º Aniversario del Distrito de Surquillo y conmemorarse el 197º Aniversario Patrio. Artículo Segundo.- ESTABLECER que todos los predios del Distrito, estén debidamente presentados, recomendándose para este efecto, el pintado de sus respectivas fachadas. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, Gerencia de Protección del Medio Ambiente, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Desarrollo Empresarial y demás áreas pertinentes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del Decreto en el Diario Oficial El Peruano y en el portal de la Municipalidad Distrital de Surquillo www. munisurquillo.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1671794-1

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