Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2018 (21/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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- Publicación de Listas Inscritas: - Impugnación de Listas: - Publicación de Listas Hábiles: - Acto de Elección:

NORMAS LEGALES
10 de agosto del 2018. 13 de agosto del 2018. 15 de agosto del 2018. 19 de agosto del 2018, desde las 09:00 hasta las 15:00 horas.

Sábado 21 de julio de 2018 /

El Peruano

- Publicación de Listas Ganadoras: 20 de agosto del 2018. - Acto de Juramentación: 27 de agosto del 2018.

La Inscripción de las Listas, así como las Impugnaciones de las mismas sólo podrán efectuarse por escrito presentado en los Módulos de la Subgerencia de Atención al Ciudadano, Gestión Documental y Archivo de la Municipalidad, desde las 08:00 hasta las 17:00 horas. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a los señores representantes del Jurado Nacional de Elecciones ­ JNE, así como de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE para que brinden el apoyo y asistencia técnica electoral y fiscalizadora en el proceso eleccionario que se convoca. Artículo Quinto.- ENCARGAR al Comité Electoral y a la Gerencia de Participación Vecinal el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo con sus competencias; a la Secretaría General su publicación en el diario oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 1672491-1

informático, conforme a las condiciones y a los plazos previstos, bajo responsabilidad"; Que, mediante el Informe Nº 368-2018-MPL-GAF/SGRH la Subgerencia de Recursos Humanos solicita designar al abogado José Luis Silvestre Cortez como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad; Que, por su parte, a través del Informe Nº 077-2018MPL/GAF, la Gerencia de Administración y Finanzas solicita se disponga de las acciones que correspondan a efecto de que se proceda con la emisión de la resolución administrativa de designación del funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, de conformidad con lo establecido por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y Decreto Supremo Nº 003-2018-TR, el mismo que deroga el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, a través del cual se dictan disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la transmisión radial y televisiva de las ofertas laborales del Sector Público y Privado; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al abogado JOSÉ LUIS SILVESTRE CORTEZ, Subgerente de Recursos Humanos, como responsable de remitir a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo, las ofertas de puestos públicos de la Municipalidad de Pueblo Libre, de acuerdo a lo señalado por la Ley Nº 27736, su Reglamento y el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 003-2018-TR. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 086-2016-MPL-A del 18 de febrero de 2016. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y la Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JHONEL LEGUIA JAMIS Alcalde 1671881-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Designan funcionario responsable de remitir las ofertas de puestos públicos de la Municipalidad a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 152-2018-MPL-A Pueblo Libre, 14 de junio de 2018

MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA
Autorizan celebración del II Matrimonio Civil Comunitario 2018
ORDENANZA Nº 343-MDPP Puente Piedra, 11 de julio del 2018

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE VISTO: el Proveído Nº 705-2018-MPL-GM del 14 de junio de 2018 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º del Decreto Supremo No 0032018-TR establece que: "Todas las entidades de la Administración Pública estén obligadas a registrar en el aplicativo informático las ofertas de los puestos públicos que tengan previsto concursar, siendo responsable de su contenido." "(...) La convocatoria de las ofertas laborales de las entidades de la Administración Pública son registradas en el aplicativo informático y difundidas, como mínimo diez (10) días hábiles, en el portal web institucional de las entidades y en el portal web www. empleos.peru.gob.pe, así como en otros medios que promuevan el acceso a las oportunidades de trabajo y la transparencia"; Que, del mismo modo, el citado artículo señala que es: "EI/la Jefe/a de la Oficina de Recursos Humanos, o quien haga a sus veces en las entidades de la Administración Pública, debe supervisar que se cumplan con el registro y difusión de las ofertas laborales en el aplicativo

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha; 11 de Julio del 2018; El Proyecto de Ordenanza del II Matrimonio Civil Comunitario 2018, con ocasión de celebrar el "Día de la Primavera" en el Distrito de Puente Piedra; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 4º de la Constitución Política del Perú establece que el Estado y la Comunidad protegen a la familia, promueve el Matrimonio, reconociéndoles como Institutos Naturales y Fundamentales de la sociedad; Que, el Código Civil en su artículo 233º establece que la regulación jurídica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamados en la Constitución Política del Perú;

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