Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2018 (21/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Sábado 21 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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de participar en el Primer Encuentro de Gobernadores de la Alianza del Pacífico, el mismo que se desarrollará los días lunes 23 y martes 24 de julio de 2018. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. Artículo Tercero.- Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional a las instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUZ IRMA MATAMOROS GARCIA Presidenta del Consejo Regional de Huancavelica 1672305-1

De acuerdo con lo opinado por el SAT, la Gerencia de Transporte Urbano en su Oficio Nº 428 -2018-MML/ GTU-SIT de 28 de marzo de 2018 y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen Nº 104-2018-MML/CMAEO. ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 550MDJM de la Municipalidad Distrital de Jesús María, que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas de dicho distrito, cuyo servicio se prestará en 631 espacios, de lunes a sábado, en el horario establecido en el Anexo 01 de la Ordenanza Nº 550-MDJM. Artículo Segundo.- La ratificación se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicación del presente Acuerdo ratificatorio, así como del texto íntegro de la Ordenanza Nº 550-MDJM; y, en especial, de la última versión de los anexos, que contienen los cuadros de estructura de costos, de estimación de ingresos y la cantidad de espacios habilitados, por lo que su aplicación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la citada Municipalidad Distrital. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria de Lima- SAT, a través de su página web www.sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- Dejar establecido que es de estricta responsabilidad de la Municipalidad Distrital de Jesús María, la fiscalización y mantenimiento de los espacios de estacionamiento vehicular en zonas urbanas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1671836-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ratifican Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Jesús María que establece tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 294 Lima, 12 de julio de 2018 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 12 de julio de 2018, el Oficio Nº 001-090-00009150, del 04 de julio de 2018, de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima­ SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 550-MDJM, que aprueba la tasa del servicio de estacionamiento vehicular en zonas urbanas en el distrito de Jesús María; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales, estas deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción. Que, la Municipalidad Distrital de Jesús María aprobó la Ordenanza materia de la ratificación, remitiéndola con la respectiva documentación al Servicio de Administración Tributaria de Lima-SAT, con carácter de declaración jurada y la citada entidad, previa revisión y estudio, a través del Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, emitió el Informe Nº 266-181-00000699, del 02 de julio de 2018, opinando que procede la ratificación solicitada por cumplir con las Ordenanzas de la Municipalidad Metropolitana de Lima Nº 739 publicada el 26 de diciembre de 2004 y modificatorias, y la Nº 2085 publicada el 05 de abril de 2018 que sustituye a la Ordenanza Nº 1533 y modificatorias y conforme a las Directivas Nº 001-006-000005, publicada el 16 de marzo de 2005 y Nº 001-006-0000015, publicada el 30 de junio de 2011. Que, la prestación del servicio se efectuará en un total de 631 espacios, de lunes a sábado, en el horario establecido en el Anexo 01 de la Ordenanza Nº 550MDJM, con la tasa de S/ 0.50 por treinta minutos, y los ingresos que la Municipalidad Distrital de Jesús María proyecta recibir, producto de la aplicación de la tasa de estacionamiento vehicular, financiarán el 99.36% de los costos por la prestación del servicio, y la diferencia será cubierta con otros ingresos que perciba la citada Municipalidad.

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Ordenanza que regula la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito de Jesús María
ORDENANZA Nº 550-MDJM Jesús María, 8 de junio de 2018 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE JESÚS MARÍA VISTOS: en Sesión Ordinaria Nº 13 de la fecha, los Informes Nº 055, 058 y 059-2018-MDJM-GATRSFT de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, el Memorando Nº 305-2018-MDJM-GDES-SGPSEC de la Subgerencia de Promoción Social, Empresarial y Comercialización, el Informe Nº 038-2018-MDJM-GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Nº 305-2018-MDJM-GAJRC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Memorándum Nº 253-2018-MDJM-GM de la Gerencia Municipal, el Dictamen Conjunto Nº 006-2018-MDJM-CEPP/CAJ de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto y de la Comisión de Asuntos Jurídicos, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y sus concejos municipales tienen potestad normativa; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú establece que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar

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