Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2018 (21/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES
Tipo de Oficina Agencia Distrito Macusani

Sábado 21 de julio de 2018 /

El Peruano
Nueva Dirección Plaza de Armas Nº 104

Banca y Seguros - Ley Nº 26702; el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Credinka S.A. la apertura de dos oficinas, en la modalidad de agencia, ubicadas en los departamentos de Ica y Ayacucho, respectivamente, conforme al siguiente detalle:
Agencia Chincha Huanta Ubicación Calle Lima Nº 390 Sub Lote B, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica Centro Poblado Cercado de Huanta Mz. Z Lote 5, distrito y provincia de Huanta, departamento de Ayacucho

Provincia Carabaya

Departamento Puno

Dirección Actual Plaza 28 de Julio 304

Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1671948-2

Autorizan viaje de funcionarios a Panamá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 2806-2018 Lima, 18 de julio de 2018 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Reunión de Coordinadores Nacionales - Comisión Estratégica, en las Reuniones de los Grupos de Trabajo y en el XXXVII Pleno de Representantes del GAFILAT, que se llevarán a cabo del 23 al 27 de julio de 2018 en la ciudad de Panamá, República de Panamá; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), a través de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), es la Coordinadora Nacional de la República del Perú ante el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), organización intergubernamental de base regional que agrupa a diecisiete países de América del Sur, Centroamérica, América del Norte y el Caribe, con la finalidad de combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, a través del compromiso de mejora continua de las políticas nacionales contra ambos temas y la profundización en los distintos mecanismos de cooperación entre los países miembros. Asimismo, desde enero de 2018, la UIF-Perú ejerce la Presidencia Pro Tempore (Vicepresidencia) del GAFILAT; Que, el GAFILAT organiza y canaliza actividades de capacitación para sus miembros y realiza periódicamente Evaluaciones Mutuas a los mismos, sobre el nivel de cumplimiento efectivo de las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI); Que, en las reuniones de los Grupos de Trabajo y el Pleno del GAFILAT es donde se toman las decisiones más importantes con relación a la política antilavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo en la región y que dichas reuniones se realizan de manera simultánea; Que, el señor Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, en su calidad de Coordinador Nacional ante GAFILAT y Vicepresidente del GAFILAT, participará en la reunión de la Comisión Estratégica del GAFILAT, en el Pleno de Representantes y en las reuniones del Grupo de Trabajo de Evaluaciones Mutuas (GTEM), donde se discutirán los informes de las evaluaciones mutuas realizadas, que serán elevados al Pleno y cuyos criterios podrían ser aplicados a nuestro país, durante el proceso de Evaluación Mutua del Perú iniciado en setiembre de 2017; Que, adicionalmente al Pleno de Representantes del GAFILAT, el señor Jorge Yumi Taba, Coordinador Ejecutivo Técnico de la Unidad de Inteligencia Financiera

Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1671948-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 2742-2018 Lima, 13 de julio de 2018 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Credinka S.A. (en adelante, la Financiera) para que esta Superintendencia autorice el traslado de 1 oficina, en la modalidad de agencia, ubicada en el departamento de Puno; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 2203-2013 de fecha 04.04.2013, esta Superintendencia autorizó a la Edpyme Nueva Visión S.A., la apertura, entre otras, de la agencia ubicada en Plaza 28 de Julio 304, distrito de Macusani, provincia de Carabaya, departamento de Puno; Que, mediante Resolución SBS Nº 6039-2013 se autorizó la conversión de la Edpyme Nueva Visión S.A. a empresa financiera, denominándose Financiera Nueva Visión S.A., y que con Resolución SBS Nº 4655-2015 se autorizó, entre otras, el cambio de la denominación social de la empresa a Financiera Credinka S.A.; Que, en sesión de Directorio de fecha 26.06.2018 se acordó el traslado de la referida agencia; Que, la Financiera ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación requerida por la normatividad vigente para el traslado de la agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Credinka S.A. el traslado de la agencia ubicada en el departamento de Puno, de acuerdo al siguiente detalle:

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