Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2018 (24/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES
Debe decir:

Martes 24 de julio de 2018 /

El Peruano

en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los veinte días del mes de julio de dos mil dieciocho. LUIS GALARRETA VELARDE Presidente del Congreso de la República MARIO MANTILLA MEDINA Primer Vicepresidente del Congreso de la República 1673341-2

"Que, posteriormente, a través de la Resolución Ministerial N° 267-2017-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 27 de setiembre de 2017, y de la Resolución Ministerial N° 131-2018-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 24 de mayo de 2018, se modificó la resolución que aprobó la ejecución de simulacros y simulaciones en los años 2017 y 2018;" 1673052-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para la Declaratoria de Veda a la Extracción de Especies Nativas de Flora y Fauna Silvestre
DECRETO SUPREMO Nº 011-2018-MINAGRI EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado a Ministerio de Agricultura y Riego por la Ley Nº 30048, este Ministerio es el organismo del Poder Ejecutivo que diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; tiene como ámbito de competencia, entre otros, la flora y fauna; Que, el artículo 1 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, en adelante LFFS, señala que la citada Ley tiene la finalidad de promover la conservación, la protección, el incremento y el uso sostenible del patrimonio forestal y de fauna silvestre dentro del territorio nacional, integrando su manejo con el mantenimiento y mejora de los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre; Que, conforme al artículo 42 de la LFFS, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, a iniciativa propia o a solicitud de la autoridad regional forestal y de fauna silvestre, propone la declaratoria de vedas por plazo determinado, por especies, por ámbitos geográficos definidos o por una combinación de ambos, a la extracción de especies nativas de flora y fauna silvestre, cuyo aprovechamiento no sea sostenible o en casos en que otras medidas de regulación y control no resulten eficaces; dispone asimismo que el reglamento establece las condiciones y criterios para el establecimiento y aplicación de las vedas; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 142 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, y el artículo 117 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, la declaratoria de veda, se aprueba por Decreto Supremo refrendado por el MINAGRI y por el MINAM; Que, igualmente, la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, y a la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, disponen que el Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI y el Ministerio del Ambiente - MINAM, aprueban los lineamientos para la declaratoria de vedas; Que, en cumplimiento de lo dispuesto mediante Resolución Ministerial N° 0382-2017-MINAGRI, de fecha 25 de setiembre de 2017, se publicó en el Portal Institucional del MINAGRI y del SERFOR, durante el periodo de treinta (30) días hábiles, el proyecto de decreto supremo conjuntamente con los lineamientos

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 177-2018-PCM Mediante Oficio N°2400-2018-PCM/SG, la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas a la Resolución Ministerial N° 177-2018-PCM, publicada en la edición del día 15 de julio de 2018. Página 3, sumilla de la Resolución Ministerial: Dice: "Modifican la R.M. N° 095-2017-PCM, mediante la cual se aprobó la ejecución de simulacros y simuladores en los años 2017 y 2018" Debe decir: "Modifican la R.M. N° 095-2017-PCM, mediante la cual se aprobó la ejecución de simulacros y simulaciones en los años 2017 y 2018" Página 3, cuarto considerando: Dice: "Que, bajo dicho marco normativo, mediante Resolución Ministerial N° 095-2017-PCM, se aprobó la ejecución de simulacros y simuladores en los años 2017 y 2018, precisándose su denominación, ámbito, tipo, fecha y hora de cada simulacro y simulación;" Debe decir: "Que, bajo dicho marco normativo, mediante Resolución Ministerial N° 095-2017-PCM, se aprobó la ejecución de simulacros y simulaciones en los años 2017 y 2018, precisándose su denominación, ámbito, tipo, fecha y hora de cada simulacro y simulación;" Página 3, quinto considerando: Dice: "Que, posteriormente, a través de la Resolución Ministerial N° 267-2017-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 27 de setiembre de 2017, y de la Resolución Ministerial N° 131-2018-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 24 de mayo de 2018, se modificó la resolución que aprobó la ejecución de simulacros y simuladores en los años 2017 y 2018;"

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