Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2018 (16/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Sábado 16 de junio de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDOS

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5. Con fecha 5 de abril de 2018 (fojas 3), Andrés Miguel Villarreyes Dávila, regidor del Concejo Provincial del Callao, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Nº 036-2018, de la misma fecha (fojas 2 y vuelta), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 9 de octubre de 2018, debiendo entenderse hasta el 7 de octubre del presente año. 6. En el presente caso, se aprecia que el regidor presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a Yoselin Lisset Vargas Castro, identificada con DNI Nº 70563808, candidata no proclamada de la organización política Chimpum Callao, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial del Callao, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Andrés Miguel Villarreyes Dávila, regidor del Concejo Provincial del Callao, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Yoselin Lisset Vargas Castro, identificada con DNI Nº 70563808, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial del Callao, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1660493-7

1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal a del numeral 4 del artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales (LER), dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales las autoridades regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 9 de junio de 2018. 3. Asimismo, los literales b y c del numeral 4 del artículo 14 de la LER establecen que las autoridades municipales que deseen postular como autoridades regionales no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 9 de junio de 2018. 4. De conformidad con los artículos cuarto y quinto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, respectivamente, se precisa que: - Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato al cargo de consejero regional culmina el día de la elección; por consiguiente, las autoridades regionales y municipales deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). - Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de gobernador y vicegobernador regional se considerarán automáticamente prorrogadas hasta la proclamación de los resultados de la elección del 7 de octubre de 2018; por tal razón las autoridades que participan como candidatos deben reasumir sus funciones a partir del día siguiente de la proclamación de resultados, con excepción de aquellos que participen en una segunda elección, cuyas licencias continuarán vigentes hasta el día de los comicios; en ese sentido, deben reasumir sus funciones al día siguiente de la segunda elección. 5. Con fecha 10 de abril de 2018 (fojas 3), Luis Roberto Farfán Delgado, regidor del Concejo Provincial de Camaná, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Nº 41-2018-MPC-C, del 24 de abril del año en curso (fojas 4), por el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 30 de setiembre de 2018, debiendo entenderse, en realidad, desde el 9 de junio al 7 de octubre del presente año. 6. En el presente caso, se aprecia que el regidor presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a José Eduardo Villena Cateriano, identificado con DNI Nº 30408134, candidato no proclamado del partido político Arequipa, Tradición y Futuro, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Camaná, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Luis Roberto Farfán Delgado, regidor del Concejo Provincial de Camaná, departamento de

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Camaná, departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN Nº 0336-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00218 CAMANÁ - AREQUIPA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, cinco de junio de dos mil dieciocho. VISTO el escrito, de fecha 3 de mayo de 2018, presentado por Luis Roberto Farfán Delgado, regidor del Concejo Provincial de Camaná, departamento de Arequipa, mediante el cual se comunica la licencia, sin goce de haber, por 120 días, concedida por el mencionado concejo provincial.

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