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88 NORMAS LEGALES Sábado 16 de junio de 2018 / El Peruano Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009; Que de conformidad a lo estipulado en el Artículo 82º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM -Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, que señala: “El encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva, compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor”; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º Ratifi car la Resolución de Decanato Nº 0290/ FIGMMG-D/18 de fecha 25 de mayo del 2018 de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográ fi ca, en el sentido que se indica: 1.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del 18 al 22 de junio del 2018, a los docentes que se indica para participar en reuniones de trabajo, por invitación del Ernest ABBE-HOCHSCHULE Jena, Alemania, University Of Applied Sciences, que tendrán como temas: desarrollo de la currícula de la maestría de doble titulación en Ingeniería Ambiental y Desarrollo Sostenible, preparación del proyecto de estudiante y del intercambio de docentes, también asistirá a un taller sobre posibilidades de una mayor cooperación internacional, en el marco proyecto “PEESUD”: Apellidos y Nombres Cargo SILVIA DEL PILAR IGLESIAS LEÓN Decana WALTER APARICIO ARÉVALO GÓMEZDirector EP de Ingeniería Geográ fi ca CARLOS DEL VALLE JURADODirector (e) EP de Ingeniería Ambiental 2.- Otorgar a los docentes mencionados en el numeral resolutivo anterior, el importe de US$ 350.00 dólares americanos, a cada uno, por el concepto de viáticos, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográ fi ca, quienes a su retorno deberán rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley. 3.- Encargar el Decanato de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográ fi ca a don ALFONSO ALBERTO ROMERO BAYLON, con código N° 0A0330, docente permanente de la referida Facultad, por el período que dure la ausencia de la titular. 4.- Encargar la Dirección de la Escuela Profesional de Ingeniería Geografía de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográ fi ca a don LUIS ALBERTO HUAMÁN AMASIFUEN, con código N° 0A1724, docente permanente de la referida Facultad, por el período que dure la ausencia del titular. 5.- Encargar la Dirección de la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográ fi ca a don MANUEL PRUDENCIO CABALLERO RÍOS, con código N° 000062, docente permanente de la referida Facultad, por el período que dure la ausencia del titular. 2º Encargar a la Secretaría General y a la O fi cina de Abastecimiento, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes, y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográ fi ca asumir el pago del servicio de publicación. 3º Encargar Dirección General de Administración, Ofi cina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográ fi ca, el cumplimiento de la presente resolución rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.FELIPE ANTONIO SAN MARTIN HOWARD Rector (e) 1660158-1JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Yauca, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN Nº 0324-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00184 YAUCA - CARAVELÍ - AREQUIPACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADOLICENCIA Lima, cuatro de junio de dos mil dieciochoVISTA la solicitud, de fecha 16 de abril de 2018, presentada por Juan Flavio Aranguren Montoya, alcalde de la Municipalidad Distrital de Yauca, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, mediante la cual se comunica la licencia, sin goce de haber, que le fue concedida. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 5 de abril de 2018 (fojas 4), Juan Flavio Aranguren Montoya, alcalde de la Municipalidad Distrital de Yauca, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante el acuerdo de concejo adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 03-2018-M.D.Y., de fecha 16 de abril de 2018 (fojas 5 y 6), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N.º 0081-2018-JNE, así como en aplicación supletoria del numeral 1, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar al primer regidor Basilio Martín Sandoval Canales, identi fi cado con DNI Nº 09032365, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular.