Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2018 (16/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Sábado 16 de junio de 2018 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Designan Secretaria General de SUSALUD
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 084-2018-SUSALUD/S Lima, 15 de junio del 2018 VISTOS: El Informe N° 00279-2018/OGPER de fecha 14 de junio de 2018, de la Oficina General de Gestión de las Personas y el Informe N° 00291-2018/OGAJ de fecha 14 de junio de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 021-2015-SUSALUD/S, publicada el 06 de febrero de 2015, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Superintendencia Nacional de Salud ­ SUSALUD, aprobado por Resolución Ministerial Nº 730-2014/MINSA, documento de gestión que tiene previsto el cargo de confianza de Secretario General ­ SG, con el Nº de Orden 014, el Código N° 134022, y clasificación EC; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 080-2018-SUSALUD/S, de fecha 04 de junio de 2018, se encargó las funciones del cargo de Secretario General a la servidora Flor de María Pérez Bravo, en adición a sus funciones de Asesora de Secretaría General; resultando pertinente dar por concluida la mencionada encargatura de funciones, motivo por el cual es necesario realizar las acciones administrativas orientadas para cubrir la plaza vacante; Que, a través del informe de vistos la OGPER efectuó la evaluación de compatibilidad de perfiles del puesto vacante con el de la abogada Giovanna Fernández Sánchez, siendo que su perfil profesional es compatible con el perfil establecido en el Clasificador de Cargos de SUSALUD, para ocupar dicha plaza; por lo que, procede su designación como Secretaria General; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de las Personas, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; Estando a lo dispuesto por el artículo 9 y los literales d), h) y t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, en concordancia con los numerales 4) y 7) del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1158; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDO el encargo de funciones de Secretaria General conferido a la servidora FLOR DE MARÍA PÉREZ BRAVO, mediante Resolución de Superintendencia N° 080-2018-SUSALUD/S. Artículo 2.- DESIGNAR, a partir de la fecha, a la señora abogada GIOVANNA FERNÁNDEZ SÁNCHEZ en el cargo de confianza de Secretaria General de la Superintendencia Nacional de Salud. Artículo 3.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a los interesados para conocimiento, y a la Oficina General de Gestión de las Personas para los fines correspondientes. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la página web institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS DEL CARMEN SARA Superintendente 1660453-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
Otorgan licencia institucional a la Universidad Jaime Bausate y Meza para ofrecer el servicio educativo superior universitario
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 057-2018-SUNEDU/CD Lima, 14 de junio de 2018 I. VISTOS: La Solicitud de Licenciamiento Institucional con Registro de Trámite Documentario N° 20010-2016-SUNEDU-TD, presentada el 12 de agosto de 2016 por la Universidad Jaime Bausate y Meza (en adelante, la Universidad); el Informe Técnico de Licenciamiento N° 014-2017-SUNEDU/02-12; el Informe N° 052-2018-SUNEDU/DILIC-EV; el Informe N° 079-2018-SUNEDU/DILIC-EV de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic); y el Informe Legal N° 282-2017/SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, II. CONSIDERANDO: II.1 Antecedentes Que, según lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento; Que, los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, establecen como una de las funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, atribuida al Consejo Directivo, aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades; Que, mediante Resolución N° 006-2015-SUNEDU/ CD, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el "Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano", que contiene: el Modelo de Licenciamiento Institucional, las CBC, el Plan de Implementación Progresiva del proceso de Licenciamiento y el Cronograma - Solicitud de Licenciamiento Institucional1; Que, la Universidad presentó su Solicitud de Licenciamiento Institucional (en adelante, SLI), de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional para Universidades Públicas o Privadas con autorización provisional o definitiva, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 007-2015-SUNEDU/CD2, vigente al momento de dicha presentación; Que, el 12 de agosto de 2016, la Universidad presentó su SLI, adjuntando la documentación exigida por el artículo 13 del acotado reglamento, la que incluyó su inscripción en la Partida Registral N° 01861948 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral IX-Lima; Que, iniciado el procedimiento, por Resolución de Trámite N° 140-2016, del 5 de octubre de 2016, la Dilic designó al equipo a cargo de la revisión documentaria; Que, revisada la documentación remitida por la Universidad, se efectuaron observaciones a la información presentada, por lo que mediante Oficio N° 417-2016/ SUNEDU-02-12, notificado el 4 de noviembre de 2016, se requirió a la Universidad para que en el plazo de diez (10) días hábiles cumpla con subsanar las referidas observaciones;

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