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15 NORMAS LEGALES Sábado 10 de marzo de 2018 El Peruano / Autorizan viaje de personal militar y civil FAP a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 319-2018 DE/FAP- Lima, 9 de marzo de 2018 Visto, el O fi cio Nº 076-2018-DP/CMED de fecha 06 de marzo de 2018 del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República y el O fi cio NC-55-COA3 Nº 0582 de fecha 06 de marzo de 2018 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con aeronaves de alta performance como el Boeing 737-500 FAP-356, asignada al Grupo Aéreo Nº 8 dentro de sus fl otas de aeronaves de transporte, las cuales realizan vuelos en operaciones militar, vuelos de apoyo al desarrollo socio económico y vuelos de apoyo al sistema de Defensa Civil, así como vuelos a requerimiento de las más altas autoridades del Gobierno, a favor de la Casa Militar de la Presidencia de la República, despacho del Primer Ministro y las diversos Despachos Ministeriales al interior como al exterior del país; Que, mediante el O fi cio Nº 076-2018-DP/CMED de fecha 06 de marzo de 2018, el Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República, por especial encargo del Despacho Presidencial, solicita disponer las acciones necesarias para apoyar las actividades del señor Presidente de la República y su Comitiva, en su viaje a la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile, del 10 al 11 de marzo de 2018; Que, mediante el O fi cio NC-55-COA3 Nº 0582 de fecha 06 de marzo de 2018, el Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356, que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva, a la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile, del 10 al 11 de marzo de 2018; Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que conforman la tripulación principal y alterna de las aeronave Boeing 737-500 FAP 356, que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile, del 10 al 11 de marzo de 2018; Que, conforme al documento HG-Nº 0034 DGVC- ME/SIAF-SP de fecha 07 de marzo de 2018 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modi fi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú;SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que se detalla a continuación quienes conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356, que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva, a la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile, del 10 al 11 de marzo de 2018: AERONAVE BOEING 737-500 FAP 356 Tripulación Principal Coronel FAP OSCAR GUILLERMO DELGADO GONZALES Piloto NSA: O-9573089 DNI: 07871146Coronel FAP DAVID FERNANDO VELASQUEZ PORTELLA PilotoNSA: O-9579890 DNI: 43412386Coronel FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO PilotoNSA: O-9589691 DNI: 43623935Comandante FAP CARLOS MANUEL ZAMORA CAVERO PilotoNSA: O-9601791 DNI: 09393112Técnico Inspector FAP MANUEL ACOSTA QUISPE MecánicoNSA: S-60608689 DNI: 09592586Técnico de 1ra. FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI MecánicoNSA: S- 60736293 DNI: 05349005Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Tripulac. deNSA: C-70941901 DNI: 06624283 CabinaEmpleada Civil FAP ANGELA MARIA SOMMERKAMP TELLO Tripulac. deNSA: C-71588817 DNI: 09348352 CabinaEmpleado Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA Tripulac. deNSA: C-71512713 DNI: 40091107 Cabina Tripulación Alterna Subo fi cial de 1ra FAP JOSE LUIS RONCAGLIOLO CAPCHA Mecánico NSA: S-60922402 DNI: 40388023Subo fi cial de 1ra FAP MIGUEL ANGEL ORTIZ ESPINOZA Mecánico NSA: S-60932704 DNI: 41576191Empleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA Tripulac. deNSA: C-71347907 DNI: 45555238 CabinaEmpleada Civil FAP STEFANIA ANTONELLA ARFINENGO Tripulac. de MESONES CabinaNSA: C-78133913 DNI: 47169366 Artículo 2.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la tripulación principal. Artículo 3.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de acuerdo al concepto siguiente: Tripulación Principal Aeronave Boeing 737-500 FAP 356 Viáticos del 10 al 11 de marzo de 2018 US$ 370.00 X 02 días x 09 personas = US$ 6,660.00 Total a Pagar = US$ 6,660.00 Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 6.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1624679-1