Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2018 (10/03/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 10 de marzo de 2018 /

El Peruano

consecuencia, no constituye procedimiento administrativo al amparo del artículo 29° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444,Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 006-20017-JUS; y, en el Informe Nº 605-2017-SANIPES/ OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de SANIPES, por el cual se recomienda que corresponde al Ministerio de la Producción emitir el acto de administración que resuelva modificar el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos del SANIPES, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2015-PRODUCE para eliminar los procedimientos administrativos señalados anteriormente; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del artículo 34 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, emite opinión técnica favorable a la propuesta modificatoria mediante el Informe N° 049-2018-PRODUCE/OGPPM-OPM, de la Oficina de Planeamiento y Modernización y recomienda la continuación del trámite para la emisión del acto de administración pertinente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera -SANIPES, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modificatoria; el Decreto Legislativo N° 1310 que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 075-2017-PCM; y, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de Procedimientos Administrativos Modifícase el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, a fin de eliminar los Procedimientos Administrativos N° 14 "Emisión o Renovación de Protocolo Técnico de clasificación o reclasificación sanitaria de áreas de producción de moluscos bivalvos vivos y otros; y N° 48 "Aprobación del Estudio de Evaluación Sanitaria para Clasificación de Áreas de Producción Acuícola", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Publicación Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y los Anexos en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), y en el Portal del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES (www.sanipes.gob.pe), el mismo día de su publicación en el citado Diario Oficial. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIENEKE MARÍA SCHOL CALLE Ministra de la Producción 1623788-1

VISTOS: El Oficio N° 083-2018-IMARPE/CD, del Presidente del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE; el Memorando N° 406-2018-PRODUCE/ OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 127-2018-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante la Resolución Ministerial N° 617-2017-PRODUCE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción; Que, la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Ministerio de la Producción y al Ministerio de Cultura, durante el Año Fiscal 2018, a efectuar transferencias financieras a favor de los pliegos que conforman el sector Producción y Cultura, según corresponda, para el financiamiento de intervenciones prioritarias sectoriales establecida por el titular de cada sector, con cargo a los saldos de balance que incorpore en su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; la misma que se aprueba mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que transfiere los recursos; Que, con Oficio N° 083-2018-IMARPE/CD, el Presidente del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú­IMARPE, solicita una transferencia de recursos por la suma de S/ 3 000 000,00 (TRES MILLONES Y 00/100 SOLES) destinado a atender los costos de ejecución en el año 2018 del proyecto de inversión pública "Mejoramiento del Servicio de Desembarcadero para el manejo de muestras de investigación en la Sede Central del IMARPE, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, Región Callao", con código SNIP 306715, que complementa los recursos asignados en el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, en el marco de lo dispuesto en la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Que, mediante Resolución Ministerial N° 100-2018-PRODUCE, se autoriza la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 2 983 661,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, destinada a financiar el requerimiento formulado por el Pliego 240: Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE; Que, con el Memorando N° 406-2018-PRODUCE/ OGPPM, la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe N° 127-2018-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal y propone un proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, Actividad 5001253: Transferencias de recursos para la ejecución de proyectos de inversión, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 2 983 661,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE, destinado al financiamiento del proyecto de inversión pública "Mejoramiento del Servicio de Desembarcadero para el manejo de muestras de investigación en la Sede Central del IMARPE, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, Región

Autorizan Transferencia Financiera a favor del IMARPE, destinada al financiamiento de proyecto de inversión pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 103-2018-PRODUCE Lima, 9 de marzo de 2018

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