Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2018 (10/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Sábado 10 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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Guarderas, en el cargo de Secretaria V del Despacho Ministerial del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1624677-2

Autorizan viaje de personal militar FAP a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 322-2018 DE/FAPLima, 9 de marzo de 2018 Visto, el Oficio N° 081-2018-DP/CMED. de fecha 09 de marzo de 2018 del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República y el Oficio NC-55-COA3 N° 0620 de fecha 09 de marzo de 2018 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú, cuenta con la aeronave de alta performance Lear Jet 45XR FAP matrícula 526, asignada al Grupo Aéreo Nº 8 dentro de su flota de aeronaves de transporte, la cual, realiza vuelos en operaciones militares en apoyo al desarrollo socioeconómico y al Sistema de Defensa Civil, así como, vuelos a requerimiento de las más altas autoridades del Gobierno, todas en forma permanente, tanto en el ámbito interno como externo; Que, en cumplimiento de su misión el Grupo Aéreo N°8 recibió la Orden del Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, por encargo del Despacho Presidencial, a fin de realizar las acciones necesarias para la Evacuación Aeromédica, del menor FABIAN ANDRE RIVAS HUACHUA, de 5 años de edad con diagnóstico definitivo Gran Quemado 85% SCTQ x fuego directo + Injuria inhalatoria + Insuficiencia respiratoria, a la ciudad de Galveston, Texas - Estados Unidos de América, del 10 al 11 de marzo de 2018; Que, mediante el Oficio NC-55-COA3 N° 0620 de fecha 09 de marzo de 2018, el Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que conformará la tripulación principal y alterna de la aeronave Lear Jet 45XR FAP de matrícula 526, para la Evacuación Aeromédica del menor FABIAN ANDRE RIVAS HUACHUA, de 5 años de edad, quien presenta el diagnóstico definitivo Gran Quemado 85% SCTQ x fuego directo + Injuria inhalatoria + Insuficiencia respiratoria, a la ciudad de Galveston, Texas - Estados Unidos de América, del 10 al 11 de marzo de 2018, de acuerdo a lo solicitado por el Despacho Presidencial; Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, que conformará la tripulación principal y alterna de la aeronave Lear Jet 45XR FAP matrícula 526, para efectuar la Evacuación Aeromédica, para el traslado del menor FABIAN ANDRE RIVAS HUACHUA, de 5 años de edad, de acuerdo a lo solicitado por el Despacho Presidencial; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0036 DGDV-ME/SIAF-SP de fecha 09 de marzo de 2018 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento viáticos por Comisión

de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.-Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que conformará la tripulación principal y alterna de la aeronave Lear Jet 45XR FAP matrícula 526, para realizar la Evacuación Aeromédica del menor FABIAN ANDRE RIVAS HUACHUA, de 5 años de edad, quien presenta el diagnóstico definitivo Gran Quemado 85% SCTQ x fuego directo + Injuria inhalatoria + Insuficiencia respiratoria, a la ciudad de Galveston, Texas - Estados Unidos de América, del 10 al 11 de marzo de 2018;
AERONAVE LEAR JET 45XR FAP MATRÍCULA 526 TRIPULACIÓN PRINCIPAL Comandante FAP NSA: O- 9664497 Comandante FAP NSA: O- 9669997 Técnico de 1ra. FAP NSA: S-60514086 JIMMY OSWALDO RIOS TAVARA Piloto DNI: 10863814 HAROLD ALBERTO HIDALGO BARDALES Piloto DNI: 43305633 JOSE FREDDY GONZALES TERRONES Mecánico a bordo DNI: 18857960

TRIPULACIÓN ALTERNA Comandante FAP CARLOS MANUEL VARGAS CERNA NSA: O- 9625893 DNI: 43357130 Técnico Inspector FAP JORGE UGAZ VILELA NSA: S-60564988 DNI: 08374709 Piloto Mecánico a bordo

Artículo 2.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada también a la imposibilidad de participación de la tripulación principal. Artículo 3.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos US $ 440.00 X 02 días x 03 personas Total a Pagar = US $ 2,640.00 --------------------------= US$ 2,640.00

Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.

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