Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2018 (14/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Miércoles 14 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Amplían plazo establecido mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 142-2017-DV-PE, para la culminación de acciones administrativas y de recursos humanos, vinculadas a la implementación del Acuerdo N° 01 del Consejo Directivo, y emiten otras disposiciones
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 25-2018-DV-PE Lima, 13 de marzo de 2018 VISTOS: El Acta N° 03-2017 del Consejo Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA de fecha 4 de agosto de 2017, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 142-2017-DV-PE, el Informe N° 000001-2018-DV-AGA-VGL del Área de Gabinete de Asesores y el Informe N° 000161-2018-DV-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 824, Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, modificado por el Decreto Legislativo N° 1241, se determinan las funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA; Que, los literales a), b) y c) del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 824, Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, modificado por el Decreto Legislativo N° 1241, establecen como funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, diseñar y conducir la Política Nacional de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y sus delitos conexos, y formular, diseñar y proponer la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas, así como coordinar y articular espacios multisectoriales para promover acciones en cumplimiento a lo dispuesto en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas ­ ENLCD; Que, mediante Decreto Supremo N° 061-2017-PCM de fecha 31 de mayo de 2017, se aprobó la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2017-2021, con la finalidad de armonizar los esfuerzos y encaminar las acciones a las metas definidas, garantizando la unidad e integridad del Estado en el marco de la Política Nacional de Lucha contra las Drogas; Que, el artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que el Consejo Directivo es el órgano de máximo nivel de la Entidad y está presidido por el/la Presidente/a del Consejo de Ministros o el/la Presidente/a Ejecutivo/a de DEVIDA en su representación; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 078-2017-DV-PE de fecha 10 de julio de 2017, se delimitó el ámbito geográfico de intervención de la Oficina Zonal de Tarapoto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, integrada por dos (2) regiones: Región San Martín y Región Loreto, once (11) provincias y ochenta y tres (83) distritos; Que, del mismo modo, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 090-2017-DV-PE de fecha 1 de agosto de 2017, se delimitó el ámbito geográfico de intervención de la Oficina Zonal Pucallpa de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, integrada por: i) Región Ucayali (02 provincias y12 distritos); (ii) Región Huánuco (01 provincia y 05 distritos); y (iii) Región Loreto (01 provincia y 06 distritos);

Que, mediante Acuerdo N° 01 adoptado en la sesión del Consejo Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA de fecha 4 de agosto de 2017, se acordó facultar a la Presidencia Ejecutiva para que disponga las acciones necesarias para el cambio de las sedes de las Oficinas Zonales Pucallpa y de Tarapoto, a las localidades de Aguaytía y Tocache, respectivamente, con el objeto de privilegiar la presencia institucional de DEVIDA, y favorecer la articulación y coordinación con las entidades públicas, privadas y la sociedad civil, los proyectos y actividades enmarcados en los Programas de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas y otras actividades que coadyuven al logro de los objetivos de la Lucha contra las Drogas; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 142-2017-DV-PE de fecha 4 de diciembre de 2017, se dispuso la implementación del Acuerdo N° 01 adoptado en la sesión del Consejo Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA de fecha 4 de agosto de 2017, para el cambio de las sedes de la Oficina Zonal Pucallpa y de la Oficina Zonal de Tarapoto, a las localidades de Aguaytía y Tocache, respectivamente, para lo cual la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la Oficina General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina Zonal Pucallpa y la Oficina Zonal de Tarapoto, en el marco de sus competencias, debían ejecutar las acciones técnicas, operativas, presupuestales, administrativas, logísticas y de tecnología de la información, que correspondiera para la implementación del cambio de las sedes de la Oficina Zonal Pucallpa y de la Oficina Zonal de Tarapoto de DEVIDA; Que, conforme a lo dispuesto por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 142-2017-DV-PE, mediante Memorando N° 000449-2017-DV-SG del 17 de noviembre del 2017, la Secretaría General encargó al Área de Gabinete de Asesores la coordinación, seguimiento y monitoreo de las acciones necesarias con los órganos competentes de la Entidad, para la implementación del Acuerdo N° 01 precitado; Que, mediante Informe N° 000001-2018-DV-AGAVGL de fecha 9 de marzo de 2018, emitido por el Área de Gabinete de Asesores, se detallaron las acciones realizadas para la implementación del cambio de las sedes de la Oficina Zonal Pucallpa y de la Oficina Zonal de Tarapoto, concluyéndose que ya se cuenta con los locales en los que funcionarán las nuevas sedes de las mencionadas Oficinas Zonales, debidamente acondicionados, y a su vez solicita la ampliación por 60 días adicionales del plazo establecido en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 142-2017-DV-PE, para culminar con las acciones administrativas y de recursos humanos en curso; Que, contándose con los espacios físicos habilitados para el funcionamiento de las nuevas sedes de las Oficinas Zonales Pucallpa y Tarapoto, resulta necesario expedir el acto resolutivo que autorice el funcionamiento de dichas Oficinas Zonales en su nueva sede; Que, actualmente en las localidades de Aguaytía y Tocache funcionan la Oficina de Coordinación Aguaytía y la Oficina de Coordinación Tocache, respectivamente, por lo que el cambio de sede de las Oficinas Zonales Pucallpa y de Tarapoto, a las localidades de Aguaytía y Tocache, respectivamente, hace innecesaria la existencia de las mencionadas Oficinas de Coordinación en dichas localidades, por lo que resulta conveniente disponer el cierre de las mismas; Que, los literales d) y s) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, establecen como funciones de la Presidencia Ejecutiva convocar a sesión al Consejo Directivo, cautelando la elaboración y aprobación de las actas correspondientes y supervisar la implementación de los acuerdos del Consejo Directivo, así como aquellas que le sean encargadas por el Consejo Directivo; Que, del mismo modo, el literal r) del artículo 10° del citado Reglamento establece que corresponde a la Presidencia Ejecutiva emitir resoluciones y directivas vinculadas a la conducción de la Entidad; Con los visados de la Secretaría General, de la Dirección de Articulación Territorial, de la Dirección de Asuntos Técnicos,

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