Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2018 (16/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Viernes 16 de marzo de 2018 /

El Peruano

Artículo 12°.- Levantamiento de la condición de predios inhabitables 12.1 El propietario del inmueble podrá solicitar el levantamiento de la declaración de inhabitable del mismo, ante la Subgerencia de Renovación Urbana de la Gerencia de Desarrollo Urbano. 12.2. Para que se revierta la condición de inhabitabilidad de un inmueble, el propietario del inmueble deberá presentar los siguientes requisitos: a) Solicitud simple b) Pago de derecho de trámite c) Declaración jurada indicando tener la Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación correspondiente a dicho inmueble, debidamente inscrita en la Oficina Registral de Lima. 12.3 Ingresada la solicitud, la Subgerencia de Renovación Urbana evaluará si cumple con los requisitos elaborando un informe técnico, los cuales serán remitidos en un plazo máximo de quince (15) días hábiles a la "Comisión Técnica Multisectorial para la Declaración de Inhabitabilidad de Inmuebles en el Cercado de Lima", para su análisis y dictamen respectivo, dentro de los diez (10) días hábiles, contados desde el día de recepcionado dicho informe. Asimismo, dentro de dicho plazo, la Comisión devolverá el expediente a la Subgerencia de Renovación Urbana, a fin de que ésta emita la Resolución que levanta la condición de inhabitable del inmueble, de corresponder, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles de recibido el dictamen de la Comisión antes mencionada. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Vigencia La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y será publicada en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS Primera.- Modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima Modifíquese el numeral 4° del artículo 96-B del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado mediante Ordenanza N° 812 y modificatorias, en los siguientes términos: "Artículo 96-B Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Renovación Urbana las siguientes: ... 4. "Identificar, calificar y declarar inmuebles como inhabitables, así como declarar el levantamiento de dicha condición, en el ámbito del Cercado de Lima. ..." Segunda.- Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado mediante Ordenanza N° 1874 y modificatorias, a fin de incorporar los procedimientos: "Identificación, calificación y declaración de inhabitabilidad de los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima" y "Levantamiento de Condición de Predios Inhabitables", conforme a lo descrito en el anexo adjunto. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Deróguese la Ordenanza 1157, así como toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. *

POR TANTO MANDO Se registre, publique y cumpla. Lima, 9 de marzo de 2018. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1626208-1 El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

Declaran cumplidas por la Inmobiliaria Vadaclarida S.A. las obras de habilitación urbana sin variaciones de la regularización de habilitación urbana ejecutada de lote único
RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 056-2018-MML-GDU-SPHU Lima, 23 de febrero de 2018 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 47550-2018 de fecha 12 de febrero de 2018, seguido por la empresa INMOBILIARIA VADACLARIDA S.A. , debidamente representada por su Gerente General el Sr. Oscar Vexelman Tendler, según poder inscrito en la Partida Nº 00980617 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima (en adelante el administrado), con el que solicita la Recepción de Obras sin Variaciones de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único para Uso Industria Liviana ­ I2, del terreno de 2,792.50 m2, ubicado con frente al Jr. José Celedón Nº 340, distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima; inscrito en la Partida Nº 40058931 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima; y, CONSIDERANDO Que, con Expediente Nº 47550-2018 de fecha 12 de febrero de 2018, el administrado según poder inscrito en la Partida Nº 00980617 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, solicita la Recepción de Obras sin Variaciones de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único para Uso Industria Liviana ­ I2, del terreno de 2,792.50 m2, ubicado con frente al Jr. José Celedón Nº 340, distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima; aprobada con la Resolución Nº 216-2017-MML-GDU-SPHU de fecha 20 de julio de 2017; Que, con la Resolución Nº 216-2017-MML-GDUSPHU de fecha 20 de julio de 2017, se resuelve Aprobar los Proyectos de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único, para Uso de Industria Liviana ­ I2, del terreno de 2,792.50 m2, ubicado con frente al Jr. José Celedón Nº 340, distrito de Cercado, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el Plano signado con el Nº 003-2017-MML-GDU-SPHU; además se acepta la redención en dinero del déficit de los aportes reglamentarios para Parques Zonales, para Renovación Urbana y para Servicios Públicos Complementarios, quedando como carga inscrita en la Partida Nº 40058931 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima, el Lote Único, en garantía del pago de los aportes antes señalados; Que, con los Informes Nº 030-2018-MML-GDUSPHU-DCO y Nº 036-2018-MML-GDU-SPHU-DCO de fechas 14 y 21 de febrero de 2018 respectivamente, emitidos por la División de Control de Obras de esta Subgerencia, se señala haber verificado, en la inspección ocular efectuada, que la empresa INMOBILIARIA VADACLARIDA S.A., ha cumplido con ejecutar las obras conforme la autorización y el plano

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