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82 NORMAS LEGALES Viernes 16 de marzo de 2018 / El Peruano Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Participación Vecinal, Gerencia de Desarrollo Social y DEMUNA y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General y Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional www.muniplibre.gob.pe respectivamente, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del mismo. POR TANTORegístrese, publíquese y cúmplase.JHONEL LEGUIA JAMIS Alcalde ANEXO Nº 01 CALENDARIO DE ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL CCLD. PERIODO 2018-2020 ACTIVIDADES FECHA DE INCIOFECHA DE CIERRE CIERRE DE INSCRIPCION EN LIBRO DE REGISTROS13 de marzo 19 de marzo PUBLICACION DEL PADRON ELECTORAL Y PRESENTACION DE IMPUGNACIONES20 de marzo 23 de marzo PLAZO PARA RESOLVER IMPUGNACIONES DEL PADRON26 de marzo 28 de marzo PUBLICACION DEL PADRON ELECTORAL DEFINITIVO29 de marzo 02 de abril PLAZO DE INSCRIPCION DE CANDIDATOS03 de abril 07 de abril PUBLICACION DE RELACION DE CANDIDATOS Y PRESENTACION DE TACHAS09 de abril 14 de abril PLAZO PARA RESOLVER LAS TACHAS 16 de abril 18 de abril PUBLICACION FINAL DE LA RELACION DE CANDIDATOS19 de abril 27 de abril ACTO ELECTORAL AV. GRAL. VIVANCO Nº 857 LOCAL DE OMAPED PUEBLO LIBRE28 de abril Hora: 9:00 a.m. a 1:00 p.m. FECHA DE PUBLICACION 30 de abril 1626583-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Ordenanza que regula la celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2018 y la exoneración de derechos administrativos ORDENANZA MUNICIPAL Nº 246-2018- MDSL/C San Luis, 28 de febrero de 2018EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN LUIS VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 28 de Febrero del 2018, Memorando Múltiple Nº 011-2018-MDSL/SG de fecha 22 de Febrero del 2018, Informe Técnico Nº 001-2018-MDSL-SG, Informe Nº 018-2017-MDSL-GPPI, Informe Nº 053-2018-MDSL-GAJ, emitido por la Secretaria General, Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto y Gerencia de Asesoría Jurídica, respectivamente sobre “Proyecto de Ordenanza Municipal que regula la celebración realización del Matrimonio Civil Comunitario 2018 en el distrito de San Luis”; y, CONSIDERANDO:Que, conforme establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, precisa que (…) las municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 4º de nuestra Carta Magna, señala; (…) que es deber de la Comunidad y del Estado proteger a la familia y promover el matrimonio, reconociéndolos como instituciones naturales y fundamentales de la sociedad. Asimismo el Artículo 233º del Código Civil, establece (…) la regulación jurídica de la familia, la misma que tiene por fi nalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamadas en la Constitución Política del Perú. Que, de igual modo, el Artículo 234º de la norma acotada, prescribe que (…) el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a los requisitos y documentos exigidos en el Artículo 248º de la norma sustantiva acotada, a fi n de hacer vida común. Asimismo, en virtud de la facultad conferida en el Artículo 252º del mismo Código sustantivo, (…) es pertinente dispensar la publicación de los avisos sin que median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el Artículo 248º del Código Civil. Que, el numeral 8 del artículo 9º de la Ley 27972- Ley Orgánica de Municipalidades establece que (…) son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modi fi car, o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, así como en su numeral 9 señala que son atribuciones del Consejo Municipal, crear, modi fi car, suprimir, exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley. Que, asimismo el artículo 40º de la norma acotada indica que: (…) Las Ordenanzas de las Municipalidades provinciales y distritales en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley (…); Que, al respecto, mediante Informe Técnico Nº 001-2018-SG-MDSL, la Secretaria General presenta proyecto de Ordenanza Municipal que regula la celebración del matrimonio civil comunitario 2018 en el Distrito de San Lui y Exoneración de Derechos Administrativos. Asimismo, con Informe Nº 028-2018-MDSL/GPEP, la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, señala que existe disponibilidad presupuestal para atender el pedido solicitado mediante Informe Técnico Nº 001-2018-MDSL/SG sobre matrimonio civil comunitario, el mismo que se encuentra programado como parte de las actividades propias de la Secretaria General dentro del POI. De igual manera, a través del Informe Nº 053-2018-MDSL/GAJ de fecha 23 DE Febrero del 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina por la procedencia de la realización del Matrimonio Civil Comunitario 2018, el mismo que dispone el pago por derechos administrativo por un monto de s/. 100.00, previo sometimiento a consideración del pleno del Concejo Municipal, para su debate y aprobación correspondiente mediante Ordenanza Municipal.