Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2018 (17/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de marzo de 2018 /

El Peruano

Indecopi, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1033, corresponde al Consejo Directivo del Indecopi designar a los miembros del Órgano Consultivo; Que, asimismo, el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1033, establece que corresponde al Consejo Directivo del Indecopi la designación de los miembros del Órgano Consultivo de la Institución; Que, asimismo, el numeral 8.3 del artículo 8 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, dispone que los miembros del Órgano Consultivo serán designados por un periodo de tres (3) años, pudiendo ser ratificados por un (1) periodo adicional; Que, el Órgano Consultivo podrá utilizar la denominación de Consejo Consultivo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modificatorias; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 023-2018 de fecha 5 de marzo de 2018, ha aprobado la designación del señor César Calvo Cervantes como miembro del Consejo Consultivo del Indecopi, a fin de

asegurar el correcto funcionamiento del referido órgano institucional; Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº1033 y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor César Calvo Cervantes como miembro del Consejo Consultivo del Indecopi. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1626631-1 Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 02-02-2018/DTIE, referido a los Índices Unificados de Precios para las Áreas Geográficas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de Febrero de 2018 y que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción, por lo que resulta necesario expedir la Resolución Jefatural correspondiente, así como disponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Índices Unificados de Precios (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis (6) Áreas Geográficas correspondientes al mes de Febrero de 2018, que se indican en el cuadro siguiente:
Cód. 02 04 06 08 10 12 14 16 18 20 22 24 26 28 30 32 34 38 40 42 44 1 528,59 545,16 944,54 907,49 414,90 318,38 283,57 354,83 350,94 1778,04 367,30 243,92 370,36 572,47 469,31 468,42 475,93 426,92 383,17 284,08 379,38 2 528,59 1009,88 944,54 907,49 414,90 318,38 283,57 354,83 350,94 1778,04 367,30 243,92 370,36 572,47 469,31 468,42 475,93 979,68 453,09 284,08 379,38 3 528,59 1041,37 944,54 907,49 414,90 318,38 283,57 354,83 350,94 1778,04 367,30 243,92 370,36 572,47 469,31 468,42 475,93 869,84 446,89 284,08 379,38 4 528,59 587,60 944,54 907,49 414,90 318,38 283,57 354,83 350,94 1778,04 367,30 243,92 370,36 565,39 469,31 468,42 475,93 569,50 339,12 284,08 379,38 5 528,59 365,28 944,54 907,49 414,90 318,38 283,57 354,83 350,94 1778,04 367,30 243,92 370,36 572,47 469,31 468,42 475,93 (*) 272,89 284,08 379,38 6 528,59 770,17 944,54 907,49 414,90 318,38 283,57 354,83 350,94 1778,04 367,30 243,92 370,36 572,47 469,31 468,42 475,93 665,42 331,41 284,08 379,38

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban Índices Unificados de Precios para las seis Áreas Geográficas correspondientes al mes de febrero de 2018
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 077-2018-INEI Lima, 15 de marzo de 2018 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción; Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e
Cód. 01 03 05 07 09 11 13 17 19 21 23 27 31 33 37 39 41 43 45 47 49 1 893,04 502,32 450,89 674,81 237,12 234,01 1461,65 628,25 784,46 476,04 439,25 461,15 377,31 850,57 303,68 443,97 414,15 727,14 320,77 582,52 294,48 2 893,04 502,32 218,43 674,81 237,12 234,01 1461,65 942,73 784,46 423,68 439,25 461,15 377,31 850,57 303,68 443,97 414,15 742,33 320,77 582,52 294,48 3 893,04 502,32 426,06 674,81 237,12 234,01 1461,65 704,84 784,46 449,56 439,25 461,15 377,31 850,57 303,68 443,97 414,15 889,28 320,77 582,52 294,48 4 893,04 502,32 610,00 674,81 237,12 234,01 1461,65 862,66 784,46 431,73 439,25 461,15 377,31 850,57 303,68 443,97 414,15 648,60 320,77 582,52 294,48 5 893,04 502,32 (*) 674,81 237,12 234,01 1461,65 744,29 784,46 449,56 439,25 461,15 377,31 850,57 303,68 443,97 414,15 1096,45 320,77 582,52 294,48 6 893,04 502,32 632,74 674,81 237,12 234,01 1461,65 873,71 784,46 410,96 439,25 461,15 377,31 850,57 303,68 443,97 414,15 907,26 320,77 582,52 294,48

ÁREASGEOGRÁFICAS

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