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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2018 (17/03/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Sábado 17 de marzo de 2018 El Peruano / Artículo 2 .- Las Áreas Geográ fi cas a que se refi ere el artículo 1, comprende a los siguientes departamentos: Área 1 : Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín Área 2 : Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica Área 3 : Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali Área 4 : Arequipa, Moquegua y TacnaÁrea 5 : LoretoÁrea 6 : Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios.Artículo 3 .- Los Índices Uni fi cados de Precios, corresponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construcción, agrupados por elementos similares y/o a fi nes. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fábrica incluyendo los impuestos de ley y sin considerar fl etes. Regístrese y comuníquese.FRANCISCO COSTA APONTE Jefe (e) 1626964-1Cód. 1 2 3 4 5 6 Cód. 1 2 3 4 5 6 51 332,79 332,79 332,79 332,79 332,79 332,79 46 485,91 485,91 485,91 485,91 485,91 485,91 53 749,06 749,06 749,06 749,06 749,06 749,06 48 362,79 362,79 362,79 362,79 362,79 362,79 55 501,45 501,45 501,45 501,45 501,45 501,45 50 641,45 641,45 641,45 641,45 641,45 641,45 57 401,68 401,68 401,68 401,68 401,68 401,68 52 305,19 305,19 305,19 305,19 305,19 305,19 59 238,53 238,53 238,53 238,53 238,53 238,53 54 406,60 406,60 406,60 406,60 406,60 406,60 61 251,89 251,89 251,89 251,89 251,89 251,89 56 518,79 518,79 518,79 518,79 518,79 518,79 65 246,90 246,90 246,90 246,90 246,90 246,90 60 295,99 295,99 295,99 295,99 295,99 295,99 69 389,45 327,82 428,87 488,52 269,39 451,51 62 465,05 465,05 465,05 465,05 465,05 465,05 71 645,02 645,02 645,02 645,02 645,02 645,02 64 348,21 348,21 348,21 348,21 348,21 348,21 73 546,30 546,30 546,30 546,30 546,30 546,30 66 709,29 709,29 709,29 709,29 709,29 709,29 77 323,20 323,20 323,20 323,20 323,20 323,20 68 272,89 272,89 272,89 272,89 272,89 272,89 70 218,25 218,25 218,25 218,25 218,25 218,25 72 424,19 424,19 424,19 424,19 424,19 424,19 78 486,96 486,96 486,96 486,96 486,96 486,96 80 106,99 106,99 106,99 106,99 106,99 106,99 (*) Sin Producción Nota: El cuadro incluye los índices uni fi cados de código: 30, 34, 39, 47, 49 y 53, que fueron aprobados mediante Resolución Jefatural Nº 061-2018-INEI. Aprueban Factores de Reajuste aplicables a obras de edificación, correspondientes a las seis Áreas Geográficas para Obras del Sector Privado, producidas en el mes de febrero de 2018 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 078-2018-INEI Lima, 15 de marzo de 2018CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción; Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, para uso del Sector Privado de la Construcción, deben elaborarse los Factores de Reajuste correspondientes a las obras de Edi fi cación de las seis (6) Áreas Geográ fi cas del país, aplicables a las obras en actual ejecución, siempre que sus contratos no estipulen modalidad distinta de reajuste; Que, para tal efecto, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 02-02-2018/DTIE, referido a los Factores de Reajuste para las Áreas Geográ fi cas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al período del 1 al 28 de Febrero de 2018 y que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción, por lo que resulta necesario expedir la Resolución Jefatural pertinente, así como disponer su publicación en el diario o fi cial El Peruano, y; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Factores de Reajuste que debe aplicarse a las obras de edi fi cación, correspondiente a las seis (6) Áreas Geográ fi cas para las Obras del Sector Privado, derivados de la variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, producidas en el período del 1 al 28 de Febrero de 2018, según se detalla en el cuadro siguiente: ÁREAS GEOGRÁFICAS No.OBRAS DE EDIFICACIÓN Edifi cación de 1 y 2 Pisos Edi fi cación de 1 y 2 Pisos Edi fi cación de 3 y 4 Pisos Edi fi cación de 3 y 4 Pisos (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) M.O. Resto Elem.Total M.O. Resto Elem.Total M.O. Resto Elem.Total M.O. Resto Elem.Total 1 1,0000 1,0042 1,0042 1,0000 1,0046 1,0046 1,0000 1,0062 1,0062 1,0000 1,0056 1,0056 2 1,0000 1,0103 1,0103 1,0000 1,0129 1,0129 1,0000 1,0117 1,0117 1,0000 1,0129 1,0129 3 1,0000 1,0084 1,0084 1,0000 1,0096 1,0096 1,0000 1,0101 1,0101 1,0000 1,0104 1,0104 4 1,0000 1,0039 1,0039 1,0000 1,0034 1,0034 1,0000 1,0053 1,0053 1,0000 1,0046 1,0046 5 1,0000 1,0111 1,0111 1,0000 1,0137 1,0137 1,0000 1,0122 1,0122 1,0000 1,0135 1,01356 1,0000 1,0044 1,0044 1,0000 1,0040 1,0040 1,0000 1,0061 1,0061 1,0000 1,0050 1,0050