Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2018 (17/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Sábado 17 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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de redistribución de expedientes, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y a la Oficina de Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de Lima en plazo de dos (2) días hábiles de terminada la redistribución. Artículo Décimo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, de la Gerencia General y de la Gerencia de Administración Distrital para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

Audiencias Públicas Extraordinarias previstas en el artículo 367° del Código de Procedimientos Penales, conforme a la modificación dispuesta por el Decreto Ley N°. 25476. Que, mediante Resolución Administrativa N°0012018-P-CSJCL-PJ, de fecha tres de enero de dos mil dieciocho, emitida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, se dispuso la conformación de las Salas Superiores de esta Corte Superior de Justicia, para el año judicial del 2018; siendo las salas competentes en materia penal las siguientes: Primera Sala Penal Liquidadora, Segunda Sala Penal Liquidadora, Tercera Sala Penal Liquidadora, Cuarta Sala Penal Liquidadora y Sala Penal de Apelaciones. Motivación

ROLANDO ALFONZO MARTEL CHANG Presidente 1627355-1

Aprueban Cronograma Trimestral de realización de audiencias públicas extraordinarias que efectuarán las Salas Penales Liquidadoras y la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Callao, para el año judicial 2018
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 127-2018-P-CSJCL/PJ Callao, 13 de marzo del 2018 VISTO: Que, mediante Decreto Ley No. 25476 de fecha 05 de mayo de 1992, se estableció la realización de Audiencias Públicas Extraordinarias destinadas a tratar aspectos relacionados con la reorganización del Poder Judicial y la Administración de Justicia. CONSIDERANDO: Facultades del Presidente de la Corte Superior de Justicia Que, en aplicación de los numerales 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia dirigir la política del Poder Judicial en su respectivo Distrito Judicial, con la finalidad de brindar un eficiente servicio de Administración de Justicia en beneficio de los justiciables y en virtud de dicha atribución puede aprobar el Cronograma de realización de Audiencias Públicas Extraordinarias en la Corte Superior de Justicia del Callao. Antecedente Normativo Que, el artículo 2° del citado Decreto Ley establece que los Presidentes de las Cortes Superiores aprobarán un cronograma de realización trimestral de Audiencias Extraordinarias a fin de garantizar el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable y que los procesos penales se tramiten en los plazos fijados por la ley y o a ser puesta en libertad. Que, asimismo, el artículo 5° del mencionado Decreto Ley establece que la Corte Suprema de Justicia de la República dictará las normas complementarias que sean necesarias para el mejor cumplimiento del citado dispositivo legal. Que, la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Administrativa No. 008-2011-SPCS-PJ, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 18 de marzo de 2011, aprobó el Reglamento de las Audiencias Públicas Extraordinarias, por el cual se establecen las normas y el procedimiento de las

Que, estando a lo señalado precedentemente, resulta necesario aprobar el Cronograma de realización Trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias que efectuarán en el presente año, las Salas Penales Liquidadoras y la Sala Penal de Apelaciones Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao. Que, en consecuencia, en uso de las facultades y atribuciones conferidas a los Presidentes de Corte en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en cumplimiento del artículo 2° del Decreto ley No. 25476. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma Trimestral de realización de AUDIENCIAS PÚBLICAS EXTRAORDINARIAS que efectuarán las Salas Penales Liquidadoras y la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Callao, para el presente Año Judicial, el mismo que se detalla a continuación:
PRIMER TRIMESTRE SEGUNDO TRIMESTRE TERCER TRIMESTRE CUARTO TRIMESTRE 31 de marzo 28 de junio 28 de setiembre 21 de diciembre

Artículo Segundo.- DISPONER que las Salas Penales Liquidadoras y la Sala de Apelaciones Permanente del Callao, cumplan con efectuar las Audiencias Públicas Extraordinarias, de acuerdo al cronograma trimestral aprobado en el artículo precedente, debiendo remitir a esta Presidencia el expediente administrativo respectivo en el plazo señalado en el artículo 4° del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinaria, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- DISPONER que los Juzgados Especializados en lo Penal de esta Corte Superior de Justicia, cumplan con elevar a las Salas Superiores indicadas, los informes solicitados sobre los procesos penales ordinarios y sumarios que correspondan, a que se refiere el artículo 3° del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, bajo responsabilidad. Artículo Quinto.- RECORDAR a los señores Magistrados, que en virtud de la Resolución Administrativa No. 011-2013-SP-CS-PJ de fecha 14 de marzo de 2012, la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, hará el seguimiento respectivo a fin de que las Cortes Superiores de Justicia de la República se dé estricto cumplimiento a la realización de las Audiencias Extraordinarias, conforme a ley. Artículo Sexto.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Callao, de los Presidentes de las Salas Penales del Callao, del Gerente de Administración Distrital, de la Oficina de Imagen Institucional, y de los Jueces Especializados en lo Penal de este Distrito Judicial, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. WALTER BENIGNO RIOS MONTALVO Presidente 1626952-1

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