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45 NORMAS LEGALES Sábado 17 de marzo de 2018 El Peruano / SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Disponen el inicio de operaciones de la Oficina del Ovalo Gutiérrez, para la atención de ciudadanos extranjeros, a cargo de la Gerencia de Servicios Migratorios, a partir del día 19 de marzo de 2018 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 0000089-2018-MIGRACIONES Lima, 16 de marzo de 2018VISTOS, el Informe N° 000164-2018-SM-IN/ MIGRACIONES de fecha 06 de marzo de 2018 y, la Hoja de Elevación N° 000102-2018-SM/MIGRACIONES de fecha 09 de marzo de 2018, ambos de la Gerencia de Servicios Migratorios; y, el Informe N° 000184-2018-AJ/MIGRACIONES de fecha 15 de marzo de 2018, elaborado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Mediante Decreto Legislativo Nº 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, como Organismo Público adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; La Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización para mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, señalando además que este proceso tiene como fi nalidad fundamental, obtener mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando el uso de los recursos públicos; En este mismo sentido, en la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021, se establece como uno de los objetivos el implementar la gestión por procesos y promover la simplificación administrativa, a fin de generar resultados positivos en la mejora de los procedimientos y servicios, en un enfoque que parte de las necesidades y preferencias ciudadanas y busca agregar valor público en todas las intervenciones estatales; De otro lado, debido a la emisión del Decreto Supremo N° 01-2018-IN y a los Cambios de Calidad Migratoria Especial Residente, que se realizarán producto del vencimiento de los Permisos Temporales de Permanencia emitidos bajo los alcances de los Decretos Supremos N° 002-2017-IN y N° 023-2017-IN, se prevé un incremento de más del 250% en la demanda de los procedimientos y servicios brindados por la Subgerencia de Inmigración y Naturalización, para el año 2018; superando con ello la capacidad instalada con la que se cuenta en la sede central de MIGRACIONES, ubicada en el distrito de Breña; Dentro de ese contexto, a fi n de afrontar el incremento de la demanda del presente año y mejorar la calidad de atención de los servicios y procedimientos brindados a los ciudadanos extranjeros, a cargo de la Subgerencia de Inmigración y Nacionalización de la Gerencia de Servicios Migratorios, se vienen implementando diversas estrategias, entre las que se encuentra el Desconcentrar los procedimientos de Prórroga de Residencia, Prórroga de Permanencia y Cambio de Calidad Migratoria en la O fi cina del Ovalo Gutiérrez, del distrito de Mira fl ores; En ese sentido, se hace necesaria la emisión de una Resolución que disponga el inicio de operaciones en la Ofi cina del Ovalo Gutiérrez, para la atención de ciudadanos extranjeros, a cargo de la Gerencia de Servicios Migratorios;Estando a los documentos de vistos y con la visación de la Gerencia General; las Gerencias de Servicios Migratorios y de Usuarios; y, las O fi cinas Generales de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística y, de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-IN; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Disponer el inicio de operaciones de la O fi cina del Ovalo Gutiérrez, para la atención de ciudadanos extranjeros, a cargo de la Gerencia de Servicios Migratorios, a partir del día 19 de marzo de 2018, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer que las Gerencias de Usuarios, de Registro Migratorio y de Servicios Migratorios, así como la O fi cina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística, y la O fi cina de Imagen y Comunicación Estratégica, efectúen las acciones destinadas al cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como encargar a la O fi cina General de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Estadística su publicación en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES (www.migraciones.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO SEVILLA ECHEVARRIA Superintendente Nacional 1627247-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Modifican la Res.Nº 030-2018-SUSALUD-S, que delegó facultades en diversos funcionarios de SUSALUD RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 049-2018-SUSALUD/S Lima, 16 de marzo de 2018VISTO:El Informe N° 00151-2018/OGAJ de fecha 16 de marzo del 2018, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad y los literales a), c), d) y t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, en concordancia con los numerales 1) y 4) del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1158, corresponde al Superintendente: ejercer la representación legal de la institución; representar a SUSALUD ante personas naturales, jurídicas, entidades e instituciones públicas y privadas, de carácter nacional e internacional; organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la Institución; expedir resoluciones que correspondan al ámbito de sus funciones; y, por la función establecida en el literal y), el Superintendente puede delegar en los servidores públicos de SUSALUD las facultades y atribuciones que no le sean privativas a su función;