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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2018 (09/05/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de mayo de 2018 El Peruano / (45) Resolución Directoral N° 306-2007/DCG (46) Resolución Directoral N° 091-2010/DCG (47) Resolución Directoral N° 840-2011/DCG Artículo 2°.- Publicar la presente resolución directoral, en el Portal Electrónico de la Autoridad Marítima Nacional www.dicapi.mil.pe. Artículo 3°.- La presente resolución directoral, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese y comuníquese como Documento O fi cial Público (D.O.P.) MANUEL VASCONES MOREY Director General de Capitanías y Guardacostas 1644817-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del pliego Municipalidad Distrital de Torata DECRETO SUPREMO Nº 089-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 30693, en concordancia con la Ley Nº 30751, Ley que establece nuevos plazos para los artículos 13 y 14 de la Ley Nº 30693, se autoriza en el Año Fiscal 2018, a las entidades del Gobierno Nacional que cuenten con recursos públicos asignados en su presupuesto institucional para la ejecución en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para aprobar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previa suscripción de convenio; señalando que dichas transferencias de recursos sólo se autorizan hasta el 21 de mayo de 2018, debiéndose emitir el decreto supremo correspondiente dentro del plazo antes indicado; precisando que las propuestas de decreto supremo correspondientes sólo pueden ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 9 de mayo de 2018; Que, asimismo el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 30693, establece que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión y/o inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación deben contar con la conformidad de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector, respecto a que el proyecto de inversión y/o inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación cierren brechas y correspondan con los criterios de priorización del Sector, en el marco de la normatividad que regula la inversión. En el caso de los proyectos de inversión y/o inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación que no cuenten con el estudio de fi nitivo o expediente técnico, la transferencia de recursos se efectúa sólo para fi nanciar esta fi nalidad, y sólo deben contar con la conformidad de la OPMI del sector respecto del cierre de brechas y criterios de priorización del proyecto de inversión y/o las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, en el marco de la normatividad que regula la inversión; Que, según lo establece el numeral 13.5 del artículo 13 de la Ley Nº 30693, la OPMI de los Sectores es responsable de la veri fi cación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo físico y fi nanciero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución física de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, según corresponda, para lo cual realiza el monitoreo respectivo, lo que no comprende las acciones de supervisión a cargo de la unidad ejecutora de inversiones de los proyectos e inversiones antes mencionados, así como las acciones que realiza la Contraloría General de la República en el marco de sus competencias; señalando además que las unidades ejecutoras de inversiones o las entidades receptoras de las transferencias informan a la OPMI del sector que trans fi ere los recursos el avance físico y fi nanciero de la ejecución de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, según corresponda; Que, por otro lado, el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas transferencias se realizarán mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, mediante O fi cio Nº 222-2018-MINCETUR/ SG, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicita una Transferencia de Partidas a favor del pliego Municipalidad Distrital de Torata, hasta por la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES (S/ 2 686 840,00) para el fi nanciamiento del proyecto de inversión con código uni fi cado 2046423 “Mejoramiento y creación de los servicios turísticos públicos en el ámbito del sitio arqueológico Cerro Baúl, en el Distrito Torata, Provincia Mariscal Nieto, Departamento Moquegua”, en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional celebrado entre las mencionadas entidades, con cargo al presupuesto del pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, conforme a lo dispuesto en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 30693; Que, asimismo, mediante Informe Técnico Nº 01-2018-MINCETUR/SG/OGPPD, adjunto al O fi cio Nº 119-2018-MINCETUR/SG/OGPPD, la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la que hace sus veces de OPMI del Sector Comercio Exterior y Turismo señala que el proyecto de inversión “Mejoramiento y creación de los servicios turísticos públicos en el ámbito del sitio arqueológico Cerro Baúl, en el Distrito Torata, Provincia Mariscal Nieto, Departamento Moquegua” cumple con los criterios de priorización para proyectos de inversión orientados al cierre de brechas del Sector, de acuerdo a lo señalado en el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 30693; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES (S/ 2 686 840,00) del pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a favor de la Municipalidad Distrital de Torata, para fi nanciar el proyecto de inversión con código uni fi cado 2046423 “Mejoramiento y creación de los servicios turísticos públicos en el ámbito del sitio arqueológico Cerro Baúl, en el Distrito Torata, Provincia Mariscal Nieto, Departamento Moquegua”, con cargo a