Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2018 (16/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Miércoles 16 de mayo de 2018 /

El Peruano

JEF de la Jefatura y el Informe N° 000155-2018-SENACESG/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29968 se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio del Ambiente - MINAM; Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29968 y el Decreto Supremo N° 003-2013-MINAM, se aprueba el cronograma, plazos y principios del proceso de implementación del Senace, determinando que el cronograma de transferencia de funciones al Senace, como parte de la Tercera Etapa del proceso de implementación, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el/la Ministro/a del Ambiente y el titular del sector cuya transferencia se aprueba; Que, con Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, se aprueba el cronograma de transferencia de funciones de las Autoridades Sectoriales al Senace, en el marco de la Ley N° 29968, estableciéndose que el proceso de transferencia de funciones del subsector Pesca proveniente del Ministerio de la Producción, inicia en el segundo trimestre del año 2018; Que, para dicho efecto, el Artículo 2° del Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, dispone que mediante Resolución del Titular del Senace se debe designar a tres (3) representantes que conformarán la Comisión de Transferencia, uno de los cuáles deberá presidirla; Que, estando a lo indicado en los documentos del vistos, resulta necesario designar a los representantes del Senace ante la Comisión de Transferencia de funciones del subsector Pesca del Ministerio de la Producción, los mismos que tendrá la responsabilidad de conducir y coordinar, por parte del Senace, el proceso de transferencia de funciones de dicho subsector hasta su respectiva culminación; Que, por Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM, se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Senace, con el fin de optimizar los procesos de la entidad para alcanzar mayores niveles de eficiencia y calidad en los servicios que brinda a la ciudadanía; Que, el literal j) del Artículo 11° del ROF del Senace establece que son funciones de la Jefatura del Senace, emitir resoluciones en los asuntos concernientes a las actividades del Senace; Con el visado de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29968, Ley de creación del Senace; el Decreto Supremo N° 003-2013-MINAM, que aprueba el cronograma, plazos y principios del proceso de implementación del Senace; el Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, que aprueba el cronograma de transferencia de funciones de las Autoridades Sectoriales al Senace, en el marco de la Ley N° 29968; y, el literal j) del Artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los representantes del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ Senace, ante la Comisión encargada de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones del subsector Pesca del Ministerio de la Producción, la cual queda conformada de la siguiente manera: - Rosa Elizabeth Barrios Collantes, Asesora de la Secretaria General, quien la presidirá. - Director/a de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental (DGE) o quien, por encargo, ejerza sus funciones. - Director/a de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos (DEAR) o quien, por encargo, ejerza sus funciones.

Artículo 2.- Encargar a la Secretaría General la notificación de la presente Resolución Jefatural al servidor designado, a los órganos designados en el artículo precedente y al Ministerio de la Producción. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Senace (www.senace.gob. pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA LUCÍA QUENALLATA MAMANI Jefa (e) del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace 1648233-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL
Aprueban "Directiva que regula las actividades de formación básica y perfeccionamiento para el personal de seguridad y establece el Plan de Estudios"
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 572-2018-SUCAMEC Lima, 14 de mayo de 2018 VISTOS: El Informe Nº 038-2018-SUCAMECGSSP de fecha 20 de marzo de 2018; el Memorando Nº 118-2018-SUCAMEC-OGTIC de fecha 17 de abril de 2018; el Memorando Nº 748-2018-SUCAMECGCF de fecha 30 de abril de 2018; el Memorando Nº 01313-2018-SUCAMEC-GSSP de fecha 10 de mayo de 2018; el Informe Técnico Nº 00069-2018-SUCAMECOGPP de fecha 11 de mayo de 2018; el Informe Legal Nº 00333-2018-SUCAMEC-OGAJ de fecha 11 de mayo de 2018; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, en el literal h) del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1127 se establece como una de las funciones del Superintendente Nacional "Emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia"; Que, el literal g) del artículo 35 del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, refiere que la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada tiene entre sus funciones "Elaborar, proponer y aprobar, cuando corresponda, las normas, directivas y lineamientos en el marco de sus competencias"; Que, en virtud de sus facultades, la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada ha visto por conveniente elaborar un nuevo proyecto de Directiva que regule las actividades de Formación Básica y Perfeccionamiento para el personal de seguridad y establezca el Plan de Estudios, el mismo que ha sido sustentado a través del Informe Nº 038-2018-SUCAMEC-GSSP. Dicho proyecto de directiva tiene por finalidad "Establecer normas que

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