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120 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de mayo de 2018 / El Peruano Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N 27972; DECRETO:Artículo Primero.- CONVOCAR A ELECCIONES de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Chilca, correspondiente al Periodo 2018 - 2020, conforme a los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- APROBAR el CRONOGRAMA del Proceso de Conformación Y Elección de los Representantes de las Organizaciones e Instituciones de la Sociedad Civil al Consejo de Coordinación Local Distrital de Chilca, correspondiente al Periodo 2018 - 2020, el mismo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto de alcaldía, el cual será publicado en un medio de comunicación y difundido en lugares públicos visibles de la Municipalidad Distrital y en el Portal Virtual de la Municipalidad (www.municipalidadchilca.gob.pe). Artículo Tercero.- Nombrar al Equipo Técnico que tendrá a cargo los asuntos administrativos, coordinaciones y de las acciones operativas para las necesidades requeridas en la preparación y realización de las funciones tareas y actividades programadas para la Conformación del Consejo de Coordinación Local Distrital de Chilca, la misma que estará conformada por los siguientes funcionarios: - Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, - Gerencia de Desarrollo y Planeamiento Urbano- Subgerencia de Contabilidad, Asimismo, como Secretario Técnico a la Subgerencia de Participación Vecinal Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y a la Subgerencia de Participación Vecinal y demás Unidades Orgánicas, adopten las acciones necesarias para el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Así como la publicación de la presente a la Secretaria General.Regístrese, comuníquese, publíquese, y cúmplase. DAMIAN ALFREDO HUA PAYA ARIAS Alcalde CRONOGRAMA DEL PROCESO DE CONFORMACIÓN Y ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES E INSTITUCIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL AL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE CHILCA, CORRESPONDIENTE AL PERIODO 2018 - 2020 CRONOGRAMA ITEM PROCESO ELECCIONARIO FECHA 1CONVOCATORIA (emisión de Decreto de Alcaldía incluye cronograma y designación de Equipo Técnico y se emite R. A. designando comité electoral)Del 19 al 22 de mayo 2Comunicación y/o Noti fi cación de invitación a sociedad civil.22 al 23 de mayo 3Inscripción de las Organizaciones de la Sociedad Civil acreditando a sus Delegados/Representantes 24 al 25 de mayo 4TALLER DE SENSIBILIZACION SOBRE CCLD Asamblea de Delegados Electores (participantes: representantes inscritos)25 de mayo desde las 6:00 pm 5Publicación del Padrón Electoral y Candidatos al CCLD28 al 30 de Mayo 6Presentación de Tachas (Reconsideraciones) contra Organizaciones de la sociedad Civil31 de mayo al 01 de junio 7Resolución de Tachas (Reconsideraciones) en Instancia ÚnicaDel 04 al 05 de junio 8Publicación del Padrón Electoral De fi nitivo, Lista de Candidatos y Asignación de NúmeroDel 06 al 07 de junio 9ELECCIÓN de los REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL AL CCLD (Lugar en el Palacio Municipal entre las 9:00 am primera convocatoria y 9:30 segunda convocatoria 08 de junio 10Proclamación Juramentación y Entrega de Credenciales a los Representantes de la sociedad Civil al CCLD11 de junio 1650642-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti fi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti fi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti fi carse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN