Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2018 (26/05/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Sábado 26 de mayo de 2018 El Peruano / en el Diario “La Razón”; Que, mediante Informe Nº 000128-2017-MRF/DPHI/ DGPC/VMPCIC/MC del 17 de agosto del 2017, se amplía lo informado por Transmisora Eléctrica del Sur 3, indicando que no es posible excluir el área que será afectada por la ejecución del proyecto “Línea de Transmisión 220 kv Montalvo – Los Héroes y sus Subestaciones Asociadas”, como se desprende de la narrativa del evento y los croquis que sobre él se han desarrollado, los cuales forman parte de los fundamentos de la declaración como Zona Histórica integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1663/INC de fecha 11 de noviembre de 2008; Que, la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble ha evaluado los argumentos esgrimidos por la Empresa Red Eléctrica Internacional por dicha propuesta de delimitación, así como los aportes del Centro de Estudios Históricos Militares del Perú, en aplicación de lo establecido en el numeral 20.2 del artículo 20 del precitado Reglamento; los cuales han sido considerados para la evaluación y adecuación de la propuesta técnica de delimitación del “Sitio Histórico de Batalla del Escenario de la Batalla del Alto de la Alianza”, adaptando dicha denominación en la Lámina SHB01, en la que se señalan los datos técnicos de la propuesta de delimitación; Que, mediante Informe N º 000673-2017/DGPC/ VMPCIC/MC del 03 de octubre del 2017, la Dirección General de Patrimonio Cultural elevó al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la propuesta de delimitación de la zona histórica del escenario de la Batalla del Alto de la Alianza, declarada mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1663/INC como integrante del patrimonio cultural de la Nación; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento de Gestión de los Sitios Históricos de Batalla, la delimitación del Sitio Histórico de Batalla se sustenta en un estudio histórico, el cual se basa en fuentes escritas, orales, gráficas, iconográficas y/o cartográficas, y en las conclusiones de la inspección en campo, ponderando el estudio histórico la presencia de los siguientes componentes: geografía, estrategia, tácticas, tecnología e infraestructura bélica; la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble ha adecuado la propuesta técnica de delimitación a lo señalado en el precitado artículo, tal como se señala en el Informe Nº 000007-2018-MRF/DPHI/DGPC/VMPCIC/MC del 12 de febrero del 2018; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; Reglamento de Organización y funciones del Ministerio de Cultura aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; y el Reglamento para la gestión de los Sitios Históricos de Batalla, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2017-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- DELIMITAR el Sitio Histórico de Batalla denominado “Escenario de la Batalla del Alto de la Alianza”, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Tacna, declarada como zona histórica integrante del patrimonio cultural de la Nación mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1663/INC de fecha 11 de noviembre del 2008, en base a los fundamentos vertidos en la parte considerativa de la presente Resolución y conforme a la Lámina DSHB-01 que forma parte de la presente Resolución, el cual contiene los siguientes datos técnicos: VÉRTICE LADO DISTANCIA ESTE NORTE 01 01-02 916.07 362183.0000 8013715.0000 02 02-03 1,370.76 362823.4766 8013060.3484 03 03-04 689.41 363745.5001 8012045.7145 04 04-05 1,985.14 364209.4263 8011535.4523VÉRTICE LADO DISTANCIA ESTE NORTE 05 05-06 651.40 365600.7352 8010119.7650 06 06-07 676.50 365523.8000 8009472.9200 07 07-08 577.79 365071.9300 8008969.4700 08 08-09 1,131.28 364933.4100 8008408.5300 09 09-10 574.55 364037.1429 8007718.2373 10 10-11 88.23 363498.0503 8007519.5352 11 11-12 312.46 363409.8480 8007517.3912 12 12-13 1,608.03 363222.2800 8007267.4900 13 13-14 515.19 361851.6743 8006426.5417 14 14-15 8,385.10 361593.0000 8005981.0000 15 15-16 1,807.00 354274.4536 8010073.5201 16 16-17 3,576.13 355297.0000 8011564.0000 17 17-18 1,583.23 358831.0000 8012111.3071 18 18-01 2,136.25 360224.0000 8012863.3071 Artículo 2.- ESTABLECER que cualquier intervención en el ámbito de la delimitación aprobada en el artículo precedente, deberá contar con autorización del Ministerio de Cultura, conforme lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, sin perjuicio de las competencias propias de cada sector involucrado, bajo responsabilidad administrativa, civil y/o penal a que hubiere lugar. Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución en los domicilios legales de los interesados, así como las autoridades involucradas en el procedimiento de delimitación, identificados en el expediente de delimitación. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la difusión de la misma, la propuesta técnica que motiva la delimitación y la Lámina DSHB-01 que forma parte de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE VILLACORTA OSTOLAZA Viceministro de Patrimonio Culturale Industrias Culturales 1651903-1 DEFENSA Aceptan renuncia de Asesor III del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 451-2018 DE/SG Lima, 5 de abril de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0107- 2018-DE/SG, se designó al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Guillermo José Miguel Russo Checa en el cargo de Asesor III del Despacho Ministerial del Ministerio de Defensa; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo señalado precedentemente, la cual resulta pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2016-DE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia del señor Embajador en el Servicio Diplomático de la República