Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2018 (26/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Sábado 26 de mayo de 2018 /

El Peruano

Internacionales de Inversión, tanto en su etapa previa de trato directo, cuanto en la propia etapa arbitral o de conciliación, a que se refiere la Ley N° 28933, modificada por la Ley N° 29213, respecto a la controversia relativa al Contrato de Concesión del Nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero, Cusco, con la empresa Sociedad Aeroportuaria Kuntur Wasi S.A. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial a las personas a que se refieren los artículos 1 y 2; así como al Presidente de la Comisión Especial a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 28933. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1651962-2

en el Diario Oficial El Peruano y en la página web institucional. Registrese y comuniquese y publíquese. SUSANA PETRICK CASAGRANDE Presidente Instituto Peruano de Energía Nuclear 1652450-1

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban el pago de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, correspondiente al mes de mayo del 2018
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 113-2018/SIS Lima, 25 de mayo de 2018 VISTOS: el Memorando N° 750-2018-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; y, el Informe N° 022-2018-SIS/ GNF-SGF/MLR con Proveído N° 288-2018-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; y, CONSIDERANDO: Que, en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, se establecen los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento de Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe el SIS requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables; Que, mediante "Convenio de Prestación de Servicios celebrado entre el Seguro Integral de Salud y el Banco de la Nación", suscrito con fecha 30 de diciembre de 2009, el mismo que se encuentra vigente por la renovación automática del plazo por periodos anuales, acordaron que el Banco de la Nación, a través de toda su red de oficinas a nivel nacional, brinde el servicio integral de pago de subsidio por gasto de sepelio que otorga el SIS al fallecimiento de un asegurado; Que, el Decreto Supremo N° 007-2012-SA, que autoriza al SIS la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), precisa en su artículo 2 que los Planes Complementarios al PEAS que ofrece el SIS incluyen la Prestación Económica de Sepelio a nivel nacional; Que, mediante Resolución Jefatural N° 090-2016/ SIS, se aprueba la Directiva Administrativa N° 0012016-SIS/GNF-V.01 "Directiva Administrativa para el Reconocimiento de la Prestación Económica de Sepelio para los Asegurados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud", modificada con Resolución Jefatural N° 133-2017/SIS, que establece las disposiciones para el reconocimiento pago y atención de la prestación económica de sepelio de los asegurados a los regímenes de financiamiento subsidiado y semicontributivo a cargo del SIS; Que, mediante el numeral 6.2.1 de la citada Directiva, se establece el procedimiento para la programación de pagos de las Prestaciones Económicas de Sepelio aprobadas por las UDRs;

ORGANISMOS EJECUTORES

INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR
Encargan funciones de la Oficina de Administración del IPEN
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 125-18-IPEN/PRES Lima, 25 de mayo de 2018 VISTO: El escrito con Hoja de Trámite Nº 41402 que contiene la renuncia presentada por la Licenciada Elizabeth Ramos De La Cruz, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 002-16IPEN/PRES de fecha 13 de enero de 2016, se designó a la Licenciada Elizabeth Ramos De La Cruz en el cargo de confianza de Directora de la Oficina de Administración del Instituto Peruano de Energía Nuclear; Nivel D-4; Que, con escrito de Hoja de Trámite Nº 41402, la mencionada funcionaria presenta renuncia al citado cargo de confianza; Que, en tal sentido resulta necesario efectuar acciones de personal; De conformidad con la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; y, los artículos 9 y 10 del Reglamento de Organización y Funciones del IPEN, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2005-EM; Con los vistos del Director Ejecutivo; de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica; y del Jefe de la Unidad de Recursos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar a partir del 28 de mayo de 2018, la renuncia presentada por la Licenciada Elizabeth Ramos De La Cruz al cargo de confianza de Directora de la Oficina de Administración del Instituto Peruano de Energía Nuclear, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Encargar la Oficina de Administración del Instituto Peruano de Energía Nuclear a partir del 28 de mayo de 2018, a la señora María del Carmen Valderrama Miranda, Jefe de la Unidad de Contabilidad, en adición a sus funciones, a fin de cumplir con los objetivos institucionales. Artículo Tercero.- La Unidad de Recursos Humanos queda encargada de iniciar los trámites correspondientes, que incluyen el pago de los Beneficios Sociales y Liquidación por Tiempo de Servicios de acuerdo a Ley. Artículo Cuarto.- Publíquese la presente Resolución

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