Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2018 (26/05/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

16

NORMAS LEGALES

Sábado 26 de mayo de 2018 /

El Peruano

Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para la atención de víctimas del período de violencia 1980 - 2000 en temas de vivienda
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 166-2018-MIMP Lima, 25 de mayo de 2018 VISTOS: El Oficio N° 1306-2018-JUS/SG de la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la Nota N° 097-2018-MIMP/DGPDV de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado y la Nota N° 116-2018-MIMP/DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 113-2018-PCM se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para la atención de víctimas del período de violencia 1980 2000 en temas de vivienda; que tiene por finalidad contribuir con la implementación y mejora planificada del Programa de Promoción y Facilitación al Acceso Habitacional ­ PRAH, previsto en la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones ­ PIR, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 015-2006-JUS, y sus modificatorias; Que, los artículos 2 y 3 de la citada Resolución Suprema, señala que la referida Comisión Multisectorial está integrada, entre otros, por representantes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; disponiéndose que cada entidad designa a sus representantes, titular y alterno, mediante resolución del titular del sector o entidad correspondiente; Que, atendiendo a lo señalado en los documentos de Vistos, corresponde designar a los/las representantes titular y alterno del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para la atención de víctimas del período de violencia 1980 - 2000 en temas de vivienda; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y sus modificatorias; y la Resolución Suprema N° 113-2018-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como representantes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para la atención de víctimas del período de violencia 1980 - 2000 en temas de vivienda, creada por Resolución Suprema N° 113-2018-PCM, a los/las siguientes servidores/as: · El/La Director/a General de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado, en calidad de titular; y, · El/La Director/a II de la Dirección de Desplazados y Cultura de Paz, en calidad de alterno/a. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a los/las representantes indicados/as en el artículo precedente y al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA MENDIETA TREFOGLI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1652470-1

PRODUCE
Oficializan el evento denominado "Pescador Artesanal del Año 2018" y aprueban su Reglamento
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 221-2018-PRODUCE Lima, 25 de mayo de 2018 VISTOS: El Memorando N° 758-2018-PRODUCE/ DGPA de la Dirección General de Pesca Artesanal, el Informe N° 287-2018-PRODUCE/DGPA-Dipforpa de la Dirección de Promoción y Formalización Pesquera Artesanal, el Memorando N° 685-2018-PRODUCE/ OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 129-2018-PRODUCE/OGPPM-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, establece que la referida Ley tiene por objeto normar la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo sostenible como fuente de alimentación, empleo e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, modificado por el Decreto Legislativo N° 1195, establece que el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados; es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de pesquería artesanal, Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMyPE) y Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), promoción de la Industria y comercio interno en el ámbito de su jurisdicción; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción (ROF), aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, señala en su artículo 74 que la Dirección General de Pesca Artesanal es el órgano de línea, técnico responsable de promover e implementar, en el marco de la política nacional y sectorial, medidas de ordenamiento, formalización e innovación productiva para el desarrollo de la actividad pesquera artesanal y pesca deportiva, así como en materia de gestión empresarial de la infraestructura pesquera artesanal, velando por el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos; Que, con Memorando N° 758-2018-PRODUCE/DGPA la Dirección General de Pesca Artesanal remite el Informe N° 287-2018-PRODUCE/DGPA-Dipforpa de su Dirección de Promoción y Formalización Pesquera Artesanal, en el cual señala que con el propósito de destacar y resaltar el esfuerzo de los agentes de la actividad pesquera artesanal a nivel nacional se recomienda oficializar el evento "Pescador Artesanal del Año 2018", estableciéndose como día central de dicha actividad el 29 de junio del presente año, para lo cual adjunta el proyecto de Resolución Ministerial que oficializa el mencionado evento y aprueba el Reglamento del mismo; Que, mediante Memorando N° 685-2018-PRODUCE/ OGPPM el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe N° 129-2018-PRODUCE/OGPPM-OPM del Director de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la referida Oficina General, mediante el cual señala que el evento "Pescador Artesanal del Año 2018" se

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.