Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2018 (16/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Viernes 16 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio N° 1040-2018-DIRASINT-PNP/DIVABI, de fecha 5 de noviembre de 2018, de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 003035-2018/IN/OGAJ, de fecha 13 de noviembre de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 427-2018-SDGPNP/ DIRASINT-DIVCIEA, de fecha 9 de marzo de 2018, la Jefatura de la División de Cooperación Internacional, Enlaces y Agregadurías de la Policía Nacional del Perú remite a la Escuela de Oficiales de la Escuela Nacional de Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú, la Carta de fecha 8 de marzo de 2018, a través de la cual la Oficina de Cooperación Internacional de la Policía Federal del Ministerio de Seguridad Pública de la República Federativa de Brasil informa que se ha aceptado que cuarenta (40) Cadetes del Quinto Año de dicha Escuela participen en una pasantía en la Academia Nacional de Policía de la Policía Federal de Brasil, ubicada en la ciudad de Brasilia ­ República Federativa de Brasil, del 19 al 23 de noviembre de 2018; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 396-2018-COMGEN PNP/DIRASINT-DB, de fecha 31 de octubre de 2018, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, de los Cadetes del Quinto Año de la Escuela de Oficiales de la Escuela Nacional de Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú Enzo Ricardo Zacarías Flores, Carlos José Velásquez Cortijo, Hugo Arnold Pari Mamani, Jhon Gleen Almonacid Márquez, Lenin Pérez Inga, Richard Jeremy Pérez Ramos, Jeison Álvaro Joao Paredes Paucar, Frank Jesús Romero Suazo, William Eduardo Marca Arocutipa, Frank David Girón Chachapoyas, Orlando Paredes Ruiz, Miguel Humberto Córdova Aguilar, Luis Gabriel Escalante Bonilla, Diego Alonzo Gutiérrez Meza, Horson Reynaga Damián, Elder Augusto Tuesta Arista, Iván Alarcón Silva, Jair Laura Castro, Yakov Isaac Deceno Rojas, Benji Joseph Méndez Medina, Amel Condori Sucapuca, Alexander Rueda Dávalos, Juan Jesús Llontop Ventura, Joseph Christian Checa Aguirre, Absalon Bryan Mendoza Escalante, Roy Darwin Huanca Ccuno, Michael Jordan Vilchez Huaynalaya, Saúl José Huiza Ruiz, Dan Denis Pariona Avalos, Nelson Dail Aroapaza Teves, Junior Jair Paulino Mariche, Brian Junior Ballena Vásquez, Edgar Alexis Rojas Ortega, Junior Euler Vásquez Alarcón, Darwin Burga Delgado, Abraham Josué Pantiny Vilca, Fredy Ronald Castro Villaorduña, Bryan Patricio López Saenz, César Octavio Carrero Díaz y Kevin Gianfranco Sosa Mejía, para que continúen su proceso de formación en la Academia Nacional de Policía de la Policía Federal de Brasil, ubicada en la ciudad de Brasilia ­ República Federativa de Brasil, del 18 al 24 de noviembre de 2018, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha pasantía tiene como finalidad que los citados Cadetes adquieran nuevos conocimientos que les permitan un óptimo desempeño en la ejecución de la función policial, consolidando su formación en las áreas de inteligencia, investigación criminal y prevención de delitos y faltas; asimismo, busca contrastar la realidad doctrinaria, organizacional y funcional de la Policía Nacional del Perú con la realidad operacional de la Policía Federal de Brasil; Que, asimismo, de la documentación expuesta en el considerando precedente, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, de los Mayores de la Policía Nacional del Perú Jorge Luis Green Guillen y Ronald Riva Novoa; y, de los Tenientes de la Policía Nacional del Perú Carlos Fernando Velásquez Ramírez y Wilmer Edilberto Arteaga Castro, propuestos por la Escuela de Oficiales de la Escuela Nacional de Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú, para que planifiquen, coordinen,

dirijan, supervisen y evalúen las actividades de los citados Cadetes en la continuación de su proceso de formación en la Academia Nacional de Policía de la Policía Federal de Brasil, ubicada en la ciudad de Brasilia ­ República Federativa de Brasil, del 18 al 24 de noviembre de 2018; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse como resultado de la participación de los citados Cadetes en la pasantía indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de alojamiento y transporte interno, para los Cadetes, son asumidos por la Academia Nacional de Policía de la Policía Federal de Brasil, conforme lo precisa el Informe N° 022-2018-ENFPP/EO PNP-AREPLA, de fecha 22 de junio de 2018, de la Dirección de la Escuela de Oficiales de la Escuela Nacional de Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú; mientras que, los viáticos (financiamiento parcial) y los pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, de los indicados Cadetes, así como los viáticos y los pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, de los citados Oficiales, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 3308-2018-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 10 de julio de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 3) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, cuyos alcances son extensivos al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, conforme lo señala el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, las modalidades Misión de Estudios y Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior

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