Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2018 (16/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Viernes 16 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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dos (02) días hábiles contados desde su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH LINDA CASTILLO ALTEZ Directora Ejecutiva Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" 1713260-2

dos (02) días hábiles contados desde su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH LINDA CASTILLO ALTEZ Directora Ejecutiva Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" 1713260-3

Designan Asesora de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 130-2018-MIDIS/PNADP-DE Lima, 15 de noviembre de 2018 VISTOS: El Informe N° 000326-2018-MIDIS/PNADP-URH del 15 de noviembre de 2018 emitido por la Unidad de Recursos Humanos, el Informe N° 000116-2018-MIDIS/ PNADP-UPPM del 04 de mayo de 2018 de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Informe N° 000267-2018-MIDIS/PNADP-UAJ del 15 de noviembre de 2018 de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 032-2005PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 062-2005PCM y el Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS, se creó el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS", el cual tiene por finalidad ejecutar transferencias directas en beneficio de los hogares en condición de pobreza, priorizando progresivamente su intervención en los hogares rurales a nivel nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 278-2017-MIDIS, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS", el cual constituye el documento técnico normativo de gestión institucional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 079-2018-MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"; en el cual el Cargo Estructural de Asesor/a de la Dirección Ejecutiva, registra la Clasificación EC y es considerado como Cargo de Confianza; Que encontrándose vacante el citado cargo estructural y contándose con los informes favorables señalados en el visto, respecto a la profesional María Ynés Pérez Véliz, corresponde emitir la resolución de designación respectiva; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nº 062-2005-PCM y Nº 012-2012-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº 278-2017-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 308-2018-MIDIS que designa a la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" y la Resolución Ministerial N° 079-2018-MIDIS que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la señorita MARÍA YNÉS PÉREZ VÉLIZ en el Cargo de Confianza de Asesora de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS". Artículo 2°.- DISPONER la publicación de la presente en el Diario Oficial "El Peruano", así como en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" (www.juntos.gob.pe), en el plazo máximo de

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban relación de entidades y montos comprendidos dentro de los alcances del párrafo 10.1 del Artículo 10 de la Ley N° 30847
DECRETO SUPREMO N° 259-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas, autoriza durante el año fiscal 2018, a los gobiernos regionales y gobiernos locales a los que se refiere el Anexo 2-B del Decreto de Urgencia N° 006-2018, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a los recursos transferidos por el citado Decreto de Urgencia, sólo de aquellos proyectos de inversión que cumplan con los criterios a los que se refiere el Anexo 10 "Criterios para determinar los proyectos de inversión cuyos recursos pueden ser anulados", a fin de que tales recursos sean destinados al financiamiento de proyectos de inversión del mismo pliego que cumplan con los criterios del Anexo 11 "Criterios para determinar los proyectos de inversión a ser habilitados"; Que, asimismo, el citado párrafo 10.1, dispone que la relación de entidades comprendidas en los alcances de lo establecido en el mismo, así como los montos correspondientes, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, para lo cual las entidades presentan su solicitud al Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General de Presupuesto Público dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados a partir del día siguiente de la publicación de la Ley N° 30847 en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante los Decretos Supremos N°s. 2442018-EF y 245-2018-EF se aprobó la relación de pliegos presupuestales y montos comprendidos dentro de los alcances del párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30847; Que, diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales han presentado sus solicitudes, dentro del plazo indicado en el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30847, para efectuar las modificaciones presupuestarias a nivel funcional programático con cargo a los recursos transferidos mediante el Decreto de Urgencia N° 0062018, las cuales han sido evaluadas por la Dirección General de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el Anexo 10 "Criterios para determinar los proyectos de inversión cuyos recursos pueden ser anulados" y el Anexo 11 "Criterios para determinar los proyectos de inversión a ser habilitados"; Que, en consecuencia, corresponde aprobar una relación de entidades comprendidas en los alcances del párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30847, la cual comprende los montos destinados al financiamiento de proyectos de inversión, adicional a lo aprobado en los Decretos Supremos Nºs. 244-2018-EF y 245-2018-EF; Que, adicionalmente se ha procedido a incorporar dos proyectos de inversión que pueden ser habilitados, luego de una revisión complementaria del cumplimiento del Anexo 11 antes citado, para el caso del Gobierno Regional

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