Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2018 (16/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Viernes 16 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES
Nombres y Apellidos Químico farmacéutico Mehetabel Sarib Porras Hinostroza Químico farmacéutico Fanny Victoria Mesías Flores Químico farmacéutico Maribel Sonia Janampa Rojas Licenciada en biología Deysi Delfina Huamán Martínez Ingeniero zootecnista Iván Cris Espinoza Barreto Ingeniero administrativo Luz Fany Jauregui García Jefe/a de Oficina Cargo CAP ­ P Nº 0056 0057 0058 0063 0064 0065 Órgano

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modificado por los Decretos Supremos Nº 011-2017SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la médico cirujano Odalis Jiménez Rojas, en el cargo de Jefa de Oficina (CAP ­ P Nº 0065) de la Oficina de Gestión de la Calidad del Hospital María Auxiliadora del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1713187-3

Dirección de Medicamentos Insumos y Drogas

Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria

Designan profesionales en diversos cargos de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Este
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1108-2018/MINSA Lima, 14 de noviembre del 2018 Vistos, los expedientes Nºs 18-111249-001 y 18111256-001, que contienen los Oficios Nºs 2815-2018DG N° 781-DA-OGRH-DIRIS-LE/MINSA y 2816-2018-DG N° 0869-DA-OGRH-DIRIS-LE/MINSA, emitidos por el Director General de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Este del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 964-2018/ MINSA de fecha 23 de octubre de 2018, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Este, en el cual los cargos de Jefe/a de Oficina (CAP ­ P Nºs. 0056 al 0058) de la Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas y Jefe/a de Oficina (CAP ­ P Nºs. 0063 al 0065) de la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, se encuentran calificados como Directivos Superiores de Libre Designación y cuentan con plaza vacante; Que, con los documentos de Vistos, el Director General de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Este, propone acciones de personal para los cargos señalados en el considerando precedente; Que, a través del Informe N° 1110-2018­EIE-OARH/ MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, emite opinión favorable en atención a lo solicitado por el citado Director General, para asegurar el normal funcionamiento de dicha Dirección; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA y Decreto Supremo Nº 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar en la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Este del Ministerio de Salud, a los profesionales que se detallan a continuación:

Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1713187-4

Autorizan viaje de profesionales de la DIGEMID a la India, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1110-2018/MINSA Lima, 14 de noviembre de 2018 Visto, el Expediente N° 18-112148-001, que contiene la Nota Informativa N° 719-2018-DIGEMID-DG-DICERUFLAB-AICLAB/MINSA, emitida por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certificar y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la referida Ley, implementando un sistema de administración eficiente sustentado en estándares internacionales; Que, el artículo 11 de la acotada Ley señala que el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura, emitido por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas-DIGEMID como Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, constituye requisito previo para la inscripción y reinscripción de dichos productos en el Registro Sanitario; Que, asimismo, el artículo 22 de la acotada Ley dispone que las personas naturales o jurídicas públicas y privadas que se dedican para sí o para terceros a la fabricación, la importación, distribución, almacenamiento, dispensación o expendio de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, deben cumplir con los requisitos y condiciones sanitarias establecidas en el Reglamento respectivo y en las Buenas Prácticas de Manufactura de Laboratorio de Distribución de Almacenamiento, de Dispensación y de Seguimiento Farmacoterapéutico y demás aprobados por la Autoridad Nacional de Salud a propuesta de la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, según corresponda y contar con la certificación correspondiente, en los plazos que establece el Reglamento; Que, la Directiva Administrativa N° 165-MINSA/ DIGEMID V.01, Directiva Administrativa para la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros aprobada por Resolución Ministerial N° 737-2010/MINSA, y modificada por la Resolución Ministerial N° 798-2016/MINSA, señala

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