Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2018 (21/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Miércoles 21 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES
Item 7 8 9 10 11 12 13 14 Zona Porvenir ­ Huacamayo Sector Natico - Luis Salas Pueblo Libre La Unión Alto Pacota Alto El Tigre Mariposa Alto Colorado San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín Tocache Tocache Tocache Tocache Tocache Tocache Tocache Tocache

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Departamento Provincia Distrito Pólvora Pólvora Pólvora Pólvora Nuevo Progreso Uchiza Nuevo Progreso Tocache Tocache

por las siguientes zonas: 1) Nuevo Bellavista - Nuevo Amanecer, 2) Las Américas - Nuevo Jordán - San José de Huaquisha, 3) CEPESA - Fundo Reyna, 4) Nuevo Chilla, 5) El Porvenir Alto Cañuto - Unión Nueva Victoria - Bello Oriente, 6) Primavera - Nuevo San Antonio - Maná Hermosa, 7) Porvenir ­ Huacamayo, 8) Sector Natico Luis Salas, 9) Pueblo Libre, 10) La Unión, 11) Alto Pacota, 12) Alto El Tigre, 13) Mariposa y 14) Alto Colorado, ubicadas en los distritos de Tocache, Pólvora, Nuevo Progreso y Uchiza; provincia de Tocache, departamento de San Martín, cuyas coordenadas UTM PSAD56 figuran en el Expediente; Que, ELECTRO TOCACHE S.A. ha presentado la Resolución Directoral Regional N° 062-2013-GRSM/ DREM, de fecha 04 de junio 2013, mediante la cual la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de San Martín, aprueba la Declaración de Impacto Ambiental (DIA); así como la Resolución Directoral N° 032-2013-EM/DGE, de fecha 26 de febrero de 2013, que otorga la Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), correspondiente a la obra a que se refiere el considerando que antecede, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, y Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, respectivamente; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que ELECTRO TOCACHE S.A. ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe N° 216-2018/MEM-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de ELECTRO TOCACHE S.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra "Sistema Eléctrico Rural Tocache III Etapa", que comprende las áreas definidas por las siguientes zonas: 1) Nuevo Bellavista - Nuevo Amanecer, 2) Las Américas - Nuevo Jordán - San José de Huaquisha, 3) CEPESA - Fundo Reyna, 4) Nuevo Chilla, 5) El Porvenir Alto Cañuto - Unión Nueva Victoria - Bello Oriente, 6) Primavera - Nuevo San Antonio - Maná Hermosa, 7) Porvenir ­ Huacamayo, 8) Sector Natico - Luis Salas, 9) Pueblo Libre, 10) La Unión, 11) Alto Pacota, 12) Alto El Tigre, 13) Mariposa y 14) Alto Colorado, ubicadas en los distritos de Tocache, Pólvora, Nuevo Progreso y Uchiza; provincia de Tocache, departamento de San Martín, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, según las especificaciones obrantes en el Expediente:
Item 1 2 3 4 5 6 Zona Nuevo Bellavista - Nuevo Amanecer Las Américas - Nuevo Jordán San José de Huaquisha CEPESA - Fundo Reyna Nuevo Chilla El Porvenir Alto Cañuto Unión Nueva Victoria - Bello Oriente Primavera - Nuevo San Antonio - Maná Hermosa Departamento Provincia Distrito San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín Tocache Tocache Tocache Tocache Tocache Tocache Tocache Tocache Pólvora Pólvora Pólvora Pólvora Pólvora

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 115-2017 a suscribirse con ELECTRO TOCACHE S.A., el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 115-2017 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, en aplicación del artículo 31 de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural. Artículo 5.- Incorporar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 115-2017, referido en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral a ELECTRO TOCACHE S.A. dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, en concordancia con el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM. Artículo 7.- Notificar la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas, para la ejecución del Plan Informativo, en su debida oportunidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR T. CARLOS ESTRELLA Director General Dirección General de Electricidad 1700310-1

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionarios a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0677/RE-2018 Lima, 19 de noviembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, el Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros de la República del Perú y de la República de Chile, se realizará en la ciudad de Santiago, República de Chile, el 27 de noviembre de 2018; Que, en el marco de dicho Encuentro se han previsto reuniones de coordinación entre las delegaciones de Perú y Chile el 26 de noviembre de 2018, en la misma ciudad; Que, se estima importante la participación de funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores en las citadas reuniones, así como en las labores de coordinación y organización de los aspectos temáticos, logísticos, protocolares y de ceremonial;

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