Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2018 (21/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Miércoles 21 de noviembre de 2018 /

El Peruano

designar a los ganadores de la Convocatoria Pública Nº 311-2018; Que, mediante Informe Nº 0205-2018/GRH, la Gerencia de Recursos Humanos procede a verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el TUO de la Ley Nº 26979, a fin de que las personas referidas se desempeñen como Auxiliares Coactivos del INDECOPI, recomendando continuar con el trámite respectivo para su designación; Que, en virtud a la naturaleza de las funciones del Auxiliar Coactivo, las mismas que son de interés general, resulta necesario la difusión y conocimiento de la identidad del servidor que ejerce el cargo o deja de hacerlo, por parte de los administrados, terceros y entidades correspondientes; Que, el artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, establece que el Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI es la autoridad interna de mayor nivel jerárquico de la entidad y en tal sentido, su representante institucional; Que, atendiendo a lo expuesto, la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI advierte que, corresponde designar al abogado Roberto Carlos Sánchez Panta y a las abogadas Sadith Yesenia Marín Ángeles y Mónica Lisette Choncen Córdova como Auxiliares Coactivos del INDECOPI; De conformidad con lo establecido en el artículo 6º y en los literales a) y h) del artículo 7º Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modificado por los Decretos Supremos Nº 107-2012-PCM y Nº 099-2017PCM, con el numeral 7 del artículo 10º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, y con los artículos 7 y 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al abogado Roberto Carlos Sánchez Panta y a las abogadas Sadith Yesenia Marín Ángeles y Mónica Lisette Choncen Córdova como Auxiliares Coactivos del INDECOPI, con eficacia anticipada al 1 de octubre de 2018. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1714052-1

modificatorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0092009-PCM y sus modificatorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 270-2013-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de noviembre de 2013, se designó al señor Juan Carlos Alonso Rebaza Merino, como miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de Arequipa; Que, el señor Juan Carlos Alonso Rebaza Merino ha presentado su renuncia a su condición de miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de Arequipa; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 1212018 del 15 de octubre de 2018, ha acordado aceptar la renuncia del señor Juan Carlos Alonso Rebaza Merino, al cargo de miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de Arequipa, dándole las gracias por los servicios prestados a la Institución; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Gerencia de Recursos Humanos, de la Gerencia de Oficinas Regionales, y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº1033 y sus modificatorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Juan Carlos Alonso Rebaza Merino, al cargo de miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de Arequipa, siendo el último día de ejercicio de sus funciones el 30 de octubre de 2018, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1714052-2

Aceptan renuncia de miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de Arequipa
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 210-2018-INDECOPI/COD Lima, 29 de octubre de 2018 VISTOS: El Memorándum Nº 1583-2018/INDECOPI-Aqp, el Informe Nº 0202-2018/GRH, el Memorándum Nº 22712018/GEL que adjunta el Informe Nº 0753-2018/GEL, y el Informe Nº 110-2018/GEG; y, CONSIDERANDO:

Aprueban ampliación de plazo de adscripción de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas a la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Piura
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 213-2018-INDECOPI/COD Lima, 9 de noviembre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 006-2018/INDECOPI-SRB de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, el Memorándum Nº 0607-2018/GOR de la Gerencia de Oficinas Regionales, el Informe Nº 811-2018/ GEL de la Gerencia Legal y el Informe Nº 121-2018/GEG de la Gerencia General; y, CONSIDERANDO:

Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus

Que, el artículo 70 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece que la competencia de las entidades públicas

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