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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (22/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Jueves 22 de noviembre de 2018 El Peruano / Aprueban valor total de tasación de área de inmueble afectado por la ejecución de la Obra Adicional Segunda Calzada del Tramo Piura - Paita del Eje Multimodal del Amazonas Norte del IIRSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 899-2018 MTC/01.02 Lima, 19 de noviembre de 2018VISTO: El Memorándum N° 3238-2018-MTC/20 del 07 de noviembre de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley, de fi ne a la Adquisición como la transferencia voluntaria de la propiedad del inmueble necesario para la ejecución de la Obra de Infraestructura, del Sujeto Pasivo a favor del Bene fi ciario como resultado del trato directo; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura; y que, el único Bene fi ciario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas, comprendiendo a los titulares de proyectos y a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado estatal o municipal; Que, del mismo modo los numerales 4.10 y 4.11 del artículo 4 de la Ley, de fi nen que el Sujeto Activo es el Ministerio competente del sector, responsable de la tramitación de los procesos de Adquisición o Expropiación y que, el Sujeto Pasivo es el propietario o poseedor del inmueble sujeto a Adquisición o Expropiación, respectivamente; Que, el artículo 12 de la Ley establece que el valor de la Tasación para adquirir inmuebles destinados a la ejecución de Obras de Infraestructura es fi jado por la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de su unidad orgánica competente; Que, el artículo 19 de la Ley, establece que la Adquisición de inmuebles necesarios para la ejecución de Obras de Infraestructura se realizará por trato directo entre el Sujeto Activo y Sujeto Pasivo, en forma previa o posterior a la ley que autorice su Expropiación, aplicándose únicamente el procedimiento establecido en la Ley; Que, el artículo 20 de la Ley, establece que: “20.1 Las gestiones para el trato directo se inician con la comunicación a la que se re fi ere el numeral 16.1 del artículo 16 (…)”, “20.2 Recibida la Tasación, el Sujeto Activo envía al Sujeto Pasivo en el plazo máximo de veinte días hábiles una Carta de Intención de Adquisición. Dicho documento contendrá lo siguiente: i. Partida registral del bien inmueble materia de Adquisición, de corresponder. ii. La copia del informe técnico de Tasación. iii. Incentivo a la Adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del inmueble, en caso el Sujeto Pasivo acepte el trato directo. iv. Modelo del Formulario Registral por trato directo. (…)”; asimismo, el numeral 20.4 dispone lo siguiente: “20.4 En caso de aceptación del Sujeto Pasivo se aplica el siguiente procedimiento: a. Dentro de los diez días hábiles de recibida la aceptación de la oferta ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “RED VIAL N° 5, TRAMO ANCON HUACHO PATIVILCA, DE LA CARRETERA PANAMERICANA NORTE" No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES / PROVIAS NACIONALGAUDENCIO PALACIOS BARTOLOME PETRONILA PALACIOS BARTOLOME DE ZUZUNAGA ROSA PALACIOS BARTOLOME CESAR PALACIOS BARTOLA SAMUEL PALACIOS CUENCA ANA MARIA PALACIOS CUENCA ARTEMIO PALACIOS CUENCA ELSA PALACIOS CUENCA VIRGINIA PALACIOS CUENCA JULIA BERTILA PALACIOS CUENCA DAVID PALACIOS CUENCA REYNALDO PALACIOS CUENCA MARCO ANTONIO PALACIOS CUENCA MERCEDES PALACIOS CUENCA YENY NINFA PALACIOS CUENCA NYCHA RAQUEL PALACIOS CUENCA VICTOR PALACIOS BARTOLA HERMELINDA CUENCA ARIZACÓDIGO: RV5-3568 AREA AFECTADA: 71.61 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 2,219.91 COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE NORTE: Con UC 03577 con trocha de por medio, con línea recta de (01) tramo: B-C (6.32m). ESTE: Con UC 03568, con línea recta de (02) tramos C-D (18.25m), D-A (5.84m). OESTE: Con UC 03568, con línea recta de (01) tramo A-B (26.90m). SUR: Con UC 03568, con el vertice “A”.VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A - B 26.90 200,204.4313 8,810,462.3761 B B - C 6.32 200,184.0518 8,810,479.9307 C C - D 18.25 200,190.1068 8,810,481.7428 D D - A 5.84 200,200.9572 8,810,467.0730 PARTIDA ELECTRÓNICA : P18014178 perteneciente a la O ficina Registral de Barranca, Zona Registral IX - Sede Lima. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL : Emitido con fecha 10.10.2017 (Informe Tecnico N° 22408-2017-SUNARP-Z.R.N° IX/OC) por la O ficina de Catastro de Barranca, Zona Registral IX - Sede Lima. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO : Emitido con fecha 03.04.2018 por la O ficina Registral Barranca, Zona Registral N° IX-Sede Lima. 1714851-3