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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (22/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Jueves 22 de noviembre de 2018 / El Peruano Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007- MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Aprobar los “Requisitos de Admisibilidad y Criterios de Evaluación y Calidad Técnica para priorizar la asignación de recursos para el fi nanciamiento de Proyectos de Inversión nuevos en infraestructura vial departamental y vecinal”, documento que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Del procedimiento Disponer que PROVÍAS DESCENTRALIZADO establezca el procedimiento que regula la aplicación de los requisitos de admisibilidad y criterios de evaluación y calidad técnica, aprobados en el artículo 1 de la presente resolución, en un plazo de quince (15) días calendario contados a partir de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3.- Vigencia Los requisitos de admisibilidad y criterios de evaluación y calidad técnica aprobados en el artículo 1 de la presente Resolución, entran en vigencia el 1 de enero de 2019. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en su artículo 1, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1714849-1 Ratifican el “Memorándum de Entendimiento entre la Delegación de la República del Perú y la Delegación de la República de Finlandia” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 901-2018 MTC/01.02 Lima 19 de noviembre de 2018VISTOS, Los Informes N°s. 543 y 577-2018-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 8 de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, en adelante la Ley, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la única Autoridad Aeronáutica Civil, la cual es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada; Que, el literal n) del artículo 9 de la Ley, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente, entre otras materias, para ejecutar la política aérea nacional, así como negociar y suscribir acuerdos en materia aeronáutica de índole técnico o aerocomercial; Que, según el artículo 82 de la Ley, la actividad aerocomercial se establece en el orden internacional mediante servicios de transporte aéreo de empresas nacionales y extranjeras, a cuyo efecto la Dirección General de Aeronáutica Civil otorgará las respectivas autorizaciones y celebrará actas o memoranda de entendimiento sobre transporte aéreo, las que para entrar en vigencia deberán ser rati fi cadas por el Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, del mismo modo, el artículo 12 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, entre otros aspectos, faculta al Director General de Aeronáutica Civil a negociar y suscribir actas o memoranda de entendimiento, las que para entrar en vigencia deben ser rati fi cados por el Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, bajo el marco normativo antes citado, con los documentos de Vistos, el Director General de la Dirección General de Aeronáutica Civil informa que ha suscrito el 18 de setiembre de 2018 en la ciudad de Lima un Memorándum de Entendimiento en materia de transporte aéreo, el cual solicita sea rati fi cado mediante Resolución Ministerial; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, y en ejercicio de las funciones establecidas por la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Rati fi car el “Memorándum de Entendimiento entre la Delegación de la República del Perú y la Delegación de la República de Finlandia”, suscrito el 18 de setiembre de 2018 en la ciudad de Lima, por el Director General de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1714847-4 Autorizan viajes de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Colombia, Ucrania, Reino de los Países Bajos y EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 902-2018 MTC/01.02 Lima, 19 de noviembre de 2018VISTOS: La Comunicación DIM-087-2018 recibida el 18 de octubre de 2018 de la empresa VIVA AIRLINES PERU S.A.C., el Informe Nº 1001-2018-MTC/12.07 de la Dirección de Certi fi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 597-2018-MTC/12.07 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes de servidores y funcionarios públicos; Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en el numeral 10.1 de su artículo 10, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia, de la seguridad de las