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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (28/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de noviembre de 2018 El Peruano / RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 949-2018 MTC/01.02 Lima, 26 de noviembre de 2018VISTO: El Memorándum N° 3373-2018-MTC/20 de fecha 20 de noviembre de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; y, CONSIDERANDO:Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución del Tramo Nº 4 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Inambari - Azángaro) y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura; y que, el único Bene fi ciario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas, comprendiendo a los titulares de proyectos y a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado estatal o municipal; Que, asimismo el numeral 4.4 del artículo 4 de la Ley, defi ne a la Expropiación como la transferencia forzosa del derecho de propiedad privada sustentada en causa de seguridad nacional o necesidad pública, autorizada únicamente por ley expresa del Congreso de la República a favor del Estado, a iniciativa del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales y previo pago en efectivo de la indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio; Que, del mismo modo los numerales 4.10 y 4.11 del artículo 4 de la Ley, de fi nen que el Sujeto Activo es el Ministerio competente del sector, responsable de la tramitación de los procesos de Adquisición o Expropiación; y que, el Sujeto Pasivo es el propietario o poseedor del inmueble sujeto a Adquisición o Expropiación, respectivamente; Que, el artículo 26 de la Ley, establece que el rechazo de la oferta de adquisición da inicio al proceso de Expropiación regulado en su Título IV, siempre que se haya emitido la Ley autoritativa de Expropiación; Que, asimismo, el numeral 28.1 del artículo 28 de la Ley, prevé entre otros aspectos, que la resolución ministerial que apruebe la ejecución de la expropiación contendrá: a) Identi fi cación del Sujeto Activo y del Sujeto Pasivo de la expropiación; b) Identi fi cación precisa del bien inmueble, estableciendo los linderos, medidas perimétricas y el área total, de acuerdo a las coordenadas registrales si el predio se encuentra inscrito y de acuerdo VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: TRAMO N° 4 DEL CORREDOR INTEROCEÁNICO SUR, PERÚ BRASIL (INAMBARI-AZÁNGARO) N°Sujeto activo / Bene fi ciarioSujeto pasivo Identi fi cación del inmuebleValor de tasación (S/) 1Ministerio de Transportes y Comuni- caciones – PROVIAS NACIONALMONTESINOS ALIAGA, MILI NOEMICODIGO: T4-PTE.ARICA-004 Área afectada: 1,548.00 m2AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE 27,471.20Linderos y medidas perimétricas del área afectada: Por el norte: Con la UC 000113, en línea recta de 1 tramo: A-B con 7.84 m.Por el Sur: Con la UC 000115, en línea recta de 1 tramo: C-D con 9.69 m. Por el Este: Con la carretera Inambari – Azángaro, en línea recta de 1 tramo: B-C con 182.29 m.Por el Oeste: Con el área remanente, en línea recta de 1 tramo: D-A con 182.59 m.Coordenadas UTM del área afectada Vér- ticeLadoDistancia (ml)WGS 84 Este (X) Norte (Y) A A-B 7.84 347476.1103 8512449.2740 B B-C 182.29 347483.2619 8512446.0697 C C-D 9.69 347461.8714 8512265.0406D D-A 182.59 347452.7102 8512268.1871 Partida Electrónica N°: 11044642 de la O fi cina Registral de Juliaca, Zona Registral XIII- Sede Tacna Certifi cado de Búsqueda Catastral: Emitido con fecha 10.04.2018 (Informe técnico N° 1634-2018/Z.R.N°XIII/UREG-ORJ-U) por la O fi cina de Catastro de la Ofi cina Registral Juliaca. Certifi cado Registral Inmobiliario: Emitido con fecha 22.10.2018 por la la O fi cina Registral de Juliaca, Zona Registral XIII- Sede Tacna 1717385-3 REQUISITO PARA PUBLICACI ŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES