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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (28/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de noviembre de 2018 / El Peruano intestada, todas en el registro de Predios, dando cuenta al Consejo Directivo y considerando el siguiente alcance: Ofi cina Registral Fecha de inicio Ofi cina Registral de Lima de la Zona Registral N° IX10 de diciembre de 2018 Todas las demás o fi cinas regis- trales del país02 de enero de 2019. Artículo 2°. - Precisiones a la presentación electrónica Precisar que solo se admitirán las presentaciones electrónicas del parte notarial con los actos señalados en el artículo 1° de la presente resolución, siempre que se cumplan con los siguientes requisitos: (i) Hasta cuatro predios inscritos. (ii) Correspondan a una misma o fi cina registral. (iii) No comprenda la transferencia de cuotas ideales. La Transferencia de dominio por sucesión intestada se aplica al trámite simpli fi cado de inscripción de la sucesión intestada y de la transferencia de dominio operada en los predios de propiedad del causante, conforme a la Directiva N° 006-2015-SUNARP/SN aprobada por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 166-2015-SUNARP-SN. Artículo 3°. - Presentación facultativa. La presentación electrónica señalada en el artículo 1° de esta resolución, constituye un mecanismo alternativo a la presentación en soporte papel de los instrumentos notariales que contengan actos inscribibles en el registro de Predios de las o fi cinas registrales de la SUNARP. Artículo 4°.- Derogación. Dejar sin efecto la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 068-2016-SUNARP-SN de fecha 10 de marzo de 2016. Regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano. MANUEL AUGUSTO MONTES BOZA Superintendente Nacional de los Registros Públicos 1717131-1 Formalizan aprobación e incorporación del perfil de puesto correspondiente a la plaza de Coordinador de Gestión, en el Manual de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sede Central RESOLUCIÓN DEL GERENTE GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 177-2018-SUNARP/GG Lima, 27 de noviembre de 2018VISTOS; el Memorándum N° 1528-2018-SUNARP/ OGRH del 13 de noviembre de 2018, e Informe Técnico N° 040-2018-SUNARP/OGRH del 21 de noviembre de 2018, emitidos por la O fi cina General de Recursos Humanos; el Memorándum N° 1924-2018-SUNARP/OGPP del 20 de noviembre de 2018, emitido por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 1031-2018-SUNARP/OGAJ del 22 de noviembre de 2018, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 26366 se crea la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp, como organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de Registros Públicos, con personería jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídico registral, técnica, económica, fi nanciera y administrativa; Que, con la Resolución N° 236-2009-SUNARP/SN del 10 de agosto de 2009, se aprueba el Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; y, mediante la Resolución N° 299-2010-SUNARP/SN del 01 de octubre de 2010, se aprueba el Manual de Organización y Funciones de la Sede Central; Que, mediante la Resolución N° 076-2015-SUNARP/ SN del 31 de marzo de 2015, se aprueba el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, incorporándose la plaza de Coordinador en Gestión; Que, con Decreto Legislativo Nº 1023 se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, ejerciendo la atribución normativa, que comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia, normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos - MPP”, que tiene por fi nalidad que las entidades públicas cuenten con per fi les de puestos ajustados a las necesidades de los servicios que prestan y que les permitan gestionar los demás procesos del Sistema; lo cual contribuye a la mejora continua de la gestión de los recursos humanos en el Estado y al fortalecimiento del servicio civil; Que, en el acápite i) del literal a), del artículo 20° de la antes citada Directiva, se dispone la obligación de elaborar per fi les de puestos no contenidos en el MPP, para la contratación de servidores bajo los regímenes regulados por los Decretos Legislativos Nº 276, 728 y 1057, en aquellas entidades públicas que no cuenten con resolución de inicio del proceso de implementación para el nuevo régimen; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal d), del artículo 21° de la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH, el titular de la entidad o la autoridad competente formaliza la incorporación de los per fi les de puestos al MOF y deja sin efecto la correspondiente descripción del cargo en el MOF; Que, sobre el particular, el literal j) del artículo lV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, concordante con el literal m) del artículo 5 de la mencionada Directiva, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa. Sobre esta base, en el caso de la Sunarp, según el artículo 11 del ROF, la máxima autoridad administrativa es la Secretaría General; Que, mediante la Resolución N° 109-2018-SUNARP/ SN del 23 de mayo de 2018, se dispone que desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, la denominación de la Secretaria General de la entidad debe ser Gerencia General para todos sus efectos, en cumplimiento de lo previsto en la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo; Que, asimismo, el artículo 23° de la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH, establece que en caso el perfi l de puesto di fi era del clasi fi cador de cargos de la entidad, este último deberá modi fi carse en función al per fi l de puesto aprobado; Que, bajo ese contexto, la O fi cina General de Recursos Humanos a través del Memorándum N° 1528-2018-SUNARP/OGRH del 13 de noviembre de 2018, e Informe Técnico N° 040-2018-SUNARP/OGRH del 21 de noviembre de 2018, sustenta la necesidad de aprobar la incorporación del per fi l de puesto correspondiente a la plaza de Coordinador de Gestión, conforme al procedimiento previsto en la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH; Que, por su parte, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto mediante el Memorándum N°