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19 NORMAS LEGALES Jueves 29 de noviembre de 2018 El Peruano / ANEXO ESCALA REMUNERATIVA PARA EL PERSONAL PROFESIONAL DEL INSTITUTO GEOFÍSICO DEL PERÚ, QUE CUMPLE FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN ESPECIALIZADA EN EL CAMPO DE LA GEOFÍSICA CARGOREMUNERACIÓN MENSUAL ( S/ ) PRESIDENTE EJECUTIVO 15 600,00 DIRECTOR CIENTÍFICO 14 785,00 DIRECTOR / DIRECTOR DE OBSERVA- TORIO10 857,00 INVESTIGADOR CIENTÍFICO PRINCIPAL 10 743,00 INVESTIGADOR CIENTÍFICO SUPERIOR 10 206,00 INVESTIGADOR CIENTÍFICO ASOCIADO 9 669,00 AGREGADO DE INGENIERÍA 6 685,00 AGREGADO DE INVESTIGACIÓN 6 685,00 ADJUNTO DE INGENIERÍA 4 885,00 ADJUNTO DE INVESTIGACIÓN 4 885,00 ASISTENTE DE INVESTIGACIÓN 3 085,00 1717857-7 EDUCACION Modifican Normas Técnicas denominadas “Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial” y “Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Centros de Educación Técnico Productiva en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 656-2018-MINEDU Lima, 28 de noviembre de 2018VISTOS, el Expediente N° 0228069-2018, los informes N° 1217 y N° 1223-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, y el Informe N° 1236-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación de fi nir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial; Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, plani fi car, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y con fi abilidad; Que, de conformidad con el artículo 33 de la Ley de Reforma Magisterial, modi fi cado por el artículo 2 de la Ley N° 30541, el profesor puede acceder a otros cargos de las áreas de desempeño laboral por concurso y por un período de cuatro años; Que, el artículo 38 de la Ley de Reforma Magisterial, modi fi cado por el artículo 2 de la Ley N° 30541, establece que el desempeño del profesor en el cargo es evaluado de forma obligatoria al término del periodo de gestión; siendo que, la aprobación de esta evaluación determina su continuidad en el cargo y la desaprobación, su retorno al cargo de docente; Que, de conformidad con los numerales 62.1 y 62.3 del artículo 62 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, modi fi cados por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 005-2017-MINEDU, la evaluación de desempeño en el cargo tiene como objetivo comprobar la e fi cacia y e fi ciencia del profesor en el ejercicio de dicho cargo, la que se realiza con base en los indicadores de desempeño establecidos para el respectivo tipo de cargo; asimismo, la rati fi cación del profesor por un periodo adicional está sujeta a la evaluación de desempeño en el cargo, por lo que el profesor que no es ratifi cado en cualquiera de los cargos a los que accedió por concurso retorna al cargo docente en su institución educativa de origen o una similar de su jurisdicción; Que, en ese marco se emite la “Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 271-2018-MINEDU y modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 345-2018-MINEDU, la cual establece los criterios técnicos y los procedimientos para la organización, implementación y ejecución de la referida evaluación; Que, con la Resolución Ministerial N° 275-2018-MINEDU y sus modi fi catorias, se convoca a la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial de los Grupos I y II, la misma que se lleva a cabo en el marco de la Norma Técnica aprobada por la Resolución Ministerial N° 271-2018-MINEDU; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 368-2018-MINEDU, se aprueba la “Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Centros de Educación Técnico Productiva en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”, la cual establece los criterios técnicos y los procedimientos para la organización, implementación y ejecución de la referida evaluación; Que, con Resolución Ministerial N° 374-2018-MINEDU, se convoca a la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Centros de Educación Técnico Productiva en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial de los Grupos I y II, la misma que se lleva a cabo en el marco de la Norma Técnica aprobada por la Resolución Ministerial N° 368-2018-MINEDU; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2018-MINEDU, se modi fi ca el artículo 59 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, que estaba referido a los cargos del Área de Desempeño Laboral y la improcedencia de licencia por motivos particulares a partir del año 2016 en adelante; además, se modi fi ca el numeral 62.1 del artículo 62 de dicha norma que regula la evaluación de desempeño en el cargo. En la mencionada modi fi cación se de fi ne la prestación efectiva en el cargo, así como la procedencia de las licencias y se establecen parámetros a las mismas; Que, a través del O fi cio N° 2332-2018-MINEDU/VMGP- DIGEDD, la Directora General de la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 1217-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, con el cual se sustenta la necesidad de modi fi car la “Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Institución Educativa de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”, aprobada por