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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (05/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Viernes 5 de octubre de 2018 / El Peruano la ejecución de la inversión pública, conforme al numeral 12.4 del artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y Deroga la Ley Nº 27293, Ley Nacional de Inversión Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF; Que, con la fi nalidad de optimizar y agilizar la gestión administrativa de la Entidad, resulta conveniente delegar acciones en materia de contrataciones del Estado y en Sistema de Nacional de Programación Multianual y Gestión de inversiones, que a la fecha no han sido delegadas; Con el visto del Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como sus modi fi catorias; en la Directiva Nº 003-2017-EF- 63.01 “Directiva para la Ejecución de Inversiones Públicas en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones”, aprobada con Resolución Directoral Nº 005-2017-EF-63.01; en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y Deroga la Ley Nº 27293, Ley Nacional de Inversión Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF ; y en uso de las atribuciones establecidas en el literal h) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ampliar la delegación de facultades establecidas en la Resolución Jefatural Nº 010-2018-J-OPE/INS, de fecha de fecha 17 de enero de 2018, delegando en la Directora General de la O fi cina General de Administración del Instituto Nacional de Salud, las siguientes atribuciones: a) Aprobar los expedientes técnicos o documentos equivalentes que no constituyan proyectos de inversión conforme lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1252 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, y la Directiva Nº 003-2017-EF-63.01, aprobada con Resolución Directoral Nº 005-2017-EF-63.01. b) Aprobar los expedientes técnicos o documentos equivalentes de las inversiones públicas del Instituto Nacional de Salud, a fi n de dar inicio a su ejecución física, conforme lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, y la Directiva Nº 003-2017-EF-63.01, aprobada con Resolución Directoral Nº 005-2017-EF-63.01. Artículo 2º.- Disponer que la delegación prevista por la presente Resolución Jefatural, comprende las facultades de decidir y/o resolver dentro de los alcances establecidos en la Ley. Artículo 3º.- Disponer que la O fi cina General de Administración informe trimestralmente al Titular de la Entidad sobre las acciones ejecutadas en concordancia con la delegación de facultades aprobado en la presente Resolución Jefatural. Artículo 4º.- Disponer que la O fi cina Ejecutiva de Organización publique la presente Resolución Jefatural en el Portal Institucional. (www.ins.gob.pe) Artículo 5º.- La presente Resolución Jefatural entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANS VÁSQUEZ SOPLOPUCO Jefe 1699133-1ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a la contratación de sociedad de auditoría externa RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 00102-2018-PD/OSIPTEL Lima, 2 de octubre de 2018 OBJETOAprueba la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República para la Auditoria Externa a los Estados Financieros y Presupuestales del Ejercicio 2018. VISTOS: El Informe N° 119-GPP/2018 y el Memorando N° 937-GAF/2018, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y de la Gerencia de Administración y Finanzas respectivamente, del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 20° de la Ley N° 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, publicada el 28 de marzo de 2018 en el Diario O fi cial El Peruano, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; Que, por Resolución de Contraloría N° 432-2018-CG, publicada el 24 de agosto de 2018 en el Diario O fi cial El Peruano, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República; Que, con O fi cio N° 00342-2018-CG/VCSC, recibido el 20 de septiembre de 2018, la Contraloría General de la República solicitó al OSIPTEL que efectúe la transferencia fi nanciera para el Período Auditado 2018; Que, se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia a favor de la Contraloría General de la República por el monto ascendente a S/ 55,233.16 para la contratación de la sociedad de auditoría externa para el ejercicio 2018; Que, el tercer párrafo del artículo 20° de la Ley N° 30742 Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional requiriéndose el informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la