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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (05/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Viernes 5 de octubre de 2018 El Peruano / de pagos del mismo. Dichos pagos corresponden a conceptos especí fi cos que, de manera no exhaustiva, pueden estar referidos al acceso o uso de una modalidad especí fi ca de telecomunicaciones, así como al acceso o uso de las prestaciones vinculadas e inherentes que la posibilitan. 15. Tarifa Tope: Tarifa que ha sido fi jada para un determinado servicio público de telecomunicaciones en los respectivos contratos de concesión o en las resoluciones tarifarias emitidas por el OSIPTEL y cuyo valor no puede ser superado por las tarifas que establezcan las empresas operadoras que sean titulares de dichos contratos de concesión o por las tarifas que establezcan las empresas operadoras que estén comprendidas en la correspondiente resolución regulatoria. Se consideran tarifas tope a las denominadas como Tarifas Máximas Fijas, Tarifas Mayores, Tarifas Tope Promedio Ponderadas, o cualquier otra denominación utilizada en las normas legales o contractuales, cuyos efectos sean iguales a los descritos anteriormente. INICIO FIN 1697898-1