Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2018 (06/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Sábado 6 de octubre de 2018 /

El Peruano

determinan que las autoridades municipales son competentes para regular y determinar la ubicación de la propaganda política en igualdad de condiciones para todas las organizaciones políticas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 181º de la Ley Orgánica de Elecciones, la propaganda electoral debe llevarse a cabo dentro de los límites que señalan las leyes; Que, mediante la Resolución Nº 0078-2018-JNE, de fecha 07 de octubre de 2018, se aprobó el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Período Electoral, con el objeto entre otros, de establecer las disposiciones reglamentarias destinadas al control y sanción de la difusión de propaganda política durante el período electoral, estableciéndose, en su artículo 8º, que constituye competencias de los gobiernos locales, provinciales y distritales aprobar, mediante ordenanza municipal, el reglamento que regule las autorizaciones para la ubicación de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral, y su posterior retiro luego de la publicación de la resolución de cierre del respectivo proceso; así como lo concerniente a la intensidad sonora de la propaganda electoral difundida mediante altoparlantes, dentro del horario comprendido entre las 08:00 y las 20:00 horas, en concordancia con el ordenamiento jurídico en materia electoral y lo dispuesto por el Jurado Nacional de Elecciones; Que, es necesario reglamentar la ubicación de la propaganda electoral, con la finalidad de preservar el ornato, la salud pública, el medio ambiente, y la propiedad pública y privada durante el período electoral; y Estando a lo expuesto aprobado por votación unánime en la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 24 de agosto de 2018 y de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales, con las visaciones correspondientes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE INSTALACIÓN Y DESINSTALACIÓN DE PROPAGANDA ELECTORAL EN EL DISTRITO DE MALA Artículo Primero.- APROBAR la ordenanza municipal que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de la propaganda electoral en el distrito de Mala, la cual consta de cinco (v) capítulos, dieciséis (16) artículos, cinco (05) disposiciones transitorias y finales. Artículo Segundo.- DEROGAR todas las demás normas que se opongan a la presente ordenanza municipal. Artículo Tercero.- ENCAGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas la ejecución y cumplimiento de la presente ordenanza municipal. POR TANTO: Mando de registre, comunique, publique y cumpla. ROSALÍ PALERMO FIGUEROA GUTIÉRREZ Alcalde 1699640-1

14 de junio del 2018, de la Gerencia de Desarrollo Humano, Informe Nº 0380-2018-GDH/MDM, Proveído Nº 6230 ­ 2018-GM/MDM, de la Gerencia Municipal, sobre proyecto de Ordenanza de aprobación de Reglamento Interno del Concejo Municipal del Libro y la Lectura 2018-2021; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en adelante la LOM) establece que, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200º inciso 4) de la Carta Fundamental; Que, el artículo 82º numeral 11 de la LOM, establece entre otras competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el regional, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados, norma que concuerda con el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 002-2014-MC que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 451 - 2017 de fecha 24 de Julio del 2017, se aprobó el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad del Distrito de Mala, para el periodo 2017-2021, y se estableció en su Artículo Tercero la conformación, el funcionamiento y las funciones del Consejo Municipal del Libro y la Lectura y su reglamento. Que, en cumplimiento a dicho mandato, con Informe Nº 0523-2018 GDH/MDM del 14 de junio del 2018, se propone el Reglamento Interno para su aprobación por el Concejo Municipal; Que contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 380-2018-GAJ/ MDM del 23 de agosto del 2018 y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente norma: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA 2018-2021 DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE MALA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Consejo Municipal del Libro y la Lectura 2018-2021 del Distrito de Mala, el mismo que consta de 23 artículos, Dos Disposiciones Finales, y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano a través de sus unidades competentes el cumplimiento de la presente norma. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la oficina de Imagen Institucional en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mala (www.munimala.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROSALÍ PALERMO FIGUEROA GUTIÉRREZ Alcalde 1699631-1

Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Municipal del Libro y la Lectura 2018-2021 de la Municipalidad del Distrito de Mala
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2018-MDM Mala, 20 de setiembre de 2018 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo del 20 de setiembre del 2018, el Informe Nº 0523-2018-GDH/MDM de fecha

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