Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2018 (12/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

NORMAS LEGALES

Viernes 12 de octubre de 2018 /

El Peruano

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO Ordenanza Nº 011-2018-MPCP.- Aprueban Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la provincia de Coronel Portillo 2018 - 2022 128 Ordenanza Nº 012-2018-MPCP.- Ordenanza que crea la mesa de concertación del deporte 129 D.A. Nº 065-2018-MPCP.- Aprueban la modificación al cambio de sentido de circulación del tránsito vehicular en la dirección denominada Prolongación 7 de junio para mejorar la transitabilidad vehicular 130

D.A. Nº 009-2018/MM.- Aprueban modificación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales 126 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Ordenanza Nº 385.Ordenanza que aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Atención de Denuncias Ambientales ante la Entidad Fiscalizadora Ambiental (EFA) de la Municipalidad 127

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que aprueba el Plan Multisectorial denominado "Estrategia de Intervención para el Desarrollo del Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro Estrategia VRAEM 2021" y establece otras disposiciones
DECRETO SUPREMO Nº 102-2018-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 824 - Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, modificado por la Primera Disposición Complementaria modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1241 - Decreto Legislativo que fortalece la lucha contra el tráfico ilícito de drogas; establece que la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, diseña y conduce la Política Nacional de lucha contra el tráfico ilícito de drogas y sus delitos conexos; Que, el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro constituye un escenario de atención prioritaria. Los problemas presentes en este valle -asociados a precariedades institucionales y de desarrollo- se agudizan dadas las condiciones de inseguridad derivadas de la presencia de remanentes terroristas y organizaciones criminales vinculadas al tráfico ilícito de drogas y sus delitos conexos: sicariato, lavado de activos, trata de personas, crimen organizado entre otros. En tal sentido, se hace necesario programar una intervención que permita no solo superar estos riesgos para la seguridad, sino también que las localidades del valle sean contextos gobernables en los que existan oportunidades sostenibles para los ciudadanos; Que, con el Decreto Supremo Nº 074-2012-PCM se declara de prioridad nacional el desarrollo económico social y la pacificación de la zona del VRAEM. Este mismo decreto supremo constituye la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro ­ CODEVRAEM, de naturaleza permanente; asimismo, crea la Secretaría Técnica de la CODEVRAEM como apoyo técnico y administrativo; Que, el precitado decreto supremo establece que la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo

Económico Social en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro CODEVRAEM, tiene como objeto proponer políticas, planes y estrategias de intervención integrales en el VRAEM, así como coordinar, articular, efectuar el seguimiento y monitoreo de la participación y actividades de los diversos actores involucrados a este proceso con la finalidad de lograr el desarrollo y la paz social en el VRAEM; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 030-2013-PCM se crea la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en la Zona del Huallaga CODEHUALLAGA; Que, con el Decreto Supremo Nº 061-2016-PCM se modifica la dependencia de la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro ­ CODEVRAEM y de la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en la Zona del Huallaga ­ CODEHUALLAGA, a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­DEVIDA; Que, a través del Decreto Supremo Nº 077-2013-PCM se aprueba la intervención en el VRAEM denominada "Programa de Intervención Multisectorial del Gobierno Central en los Valles de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) 2013-2016"; Que, es necesario fortalecer la coordinación multisectorial y la articulación con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como hacer más efectivas las acciones de las entidades públicas vinculadas, en el marco del proceso de descentralización y de las competencias de cada nivel de gobierno; Que, asimismo, es necesario implementar una estrategia de intervención que priorice las acciones y focalice el territorio sobre la base de criterios establecidos por la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­DEVIDA; Que, en el marco del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1446, y artículo 28 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, resulta necesario fusionar la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro ­ CODEVRAEM y la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en la Zona del Huallaga ­ CODEHUALLAGA en la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­DEVIDA; Que, la Política Nacional Multisectorial denominada Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2017 ­ 2021, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 0612017-PCM, debe ser implementada a través de planes sectoriales; por lo que corresponde la aprobación del Plan Multisectorial denominado "Estrategia de Intervención para el Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro - Estrategia VRAEM 2021"; Que, en el contexto del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, corresponde que el presente Plan Multisectorial, que es conducido por el sector Presidencia del Consejo de Ministros; considere solo el refrendo de dicho sector;

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