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98 Domingo 14 de octubre de 2018 / El Peruano II.1. MECANISMOS PARA MINIMIZAR ERRORES DE EXCLUSIÓN 1. A fi n de minimizar posibles errores de exclusión, los hogares que no se ubican en manzanas de estrato bajo y medio bajo sobre la base de los Planos Estrati fi cados y que consideran que, dada su condición socioeconómica, deberían acceder al bene fi cio establecido para dicho estrato, podrán solicitar dicho bene fi cio acreditando su condición de pobre o pobre extremo sobre la base de la Clasi fi cación Socioeconómica (CSE) otorgada por el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) cuya vigencia no sea mayor a seis meses a la fecha de la presentación de su solicitud. Ante ello, EMAPA CAÑETE S.A. deberá otorgar el bene fi cio a dichos usuarios. 2. Los usuarios que: i) no cuenten con CSE o ii) cuenten con CSE cuya vigencia es mayor a seis meses o iii) que su CSE ha caducado o ha sido cancelada, podrán solicitar la determinación de su CSE o su actualización, de acuerdo al procedimiento establecido por el MIDIS, y el resultado de ello comunicarlo a EMAPA CAÑETE S.A. para acceder al bene fi cio en caso su CSE sea de pobre o pobre extremo. 3. Respecto a los dos párrafos anteriores, es preciso señalar que los usuarios podrán solicitar el acceso al bene fi cio establecido siempre y cuando la dirección de la unidad de uso corresponda a la de la vivienda registrada en su CSE. 4. De lo expuesto, en caso el usuario resulte ser bene fi ciario sobre la base de su CSE de pobre o pobre extremo, este mantendrá dicho bene fi cio en tanto se encuentre vigente su CSE o, de no ser así, solicite su actualización manteniendo su condición de pobre o pobre extremo. Para ello, EMAPA CAÑETE S.A. deberá comunicarles el próximo vencimiento de la CSE por lo menos 2 meses antes de que pierda su vigencia. II.2. MECANISMOS PARA MINIMIZAR ERRORES DE INCLUSIÓN 1. En caso EMAPA CAÑETE S.A. considere que algún usuario doméstico que accede al bene fi cio establecido en la presente resolución no cumple con la condición de pobre o pobre extremo o que esta haya variado por alguna circunstancia, el usuario pierde el bene fi cio sólo en caso el SISFOH lo declare así. EMAPA CAÑETE S.A. podrá realizar la consulta correspondiente al SISFOH respecto del hogar que cuente con CSE de no pobre otorgada por dicho sistema cuya vigencia no sea mayor a seis meses a la fecha de presentación de la referida consulta. 2. En el caso de los hogares que: i) no cuenten con CSE o ii) cuenten con CSE cuya vigencia sea mayor a seis meses o iii) que su CSE ha caducado o ha sido cancelada, EMAPA CAÑETE S.A. podrá solicitar al MIDIS la actualización o la determinación de la CSE respetando los procedimientos y plazos establecidos por dicha entidad. En tanto, no se cuente con un pronunciamiento por parte del MIDIS, EMAPA CAÑETE S.A. no podrá retirar el bene fi cio. 3. De con fi rmarse la condición del usuario como pobre o pobre extremo, este mantendrá dicha condición a menos que cambie su clasi fi cación con relación a los Planos Estrati fi cados. 4. De resultar la CSE del usuario como no pobre, EMAPA CAÑETE S.A. deberá comunicarles, con dos meses de anticipación a la facturación correspondiente, respecto a la pérdida del bene fi cio establecido. II.3. SOBRE LA ACTUALIZACIÓN DE LA RELACIÓN DE USUARIOS BENEFICIARIOS DE LA CATEGORÍA DOMÉSTICO 1. La actualización de la relación de usuarios de la categoría doméstico que acceden y pierden el bene fi cio durante el quinquenio regulatorio se realizará ante la ocurrencia de los siguientes supuestos: i) atención de solicitudes de acceso al bene fi cio en función a la CSE cuya vigencia no sea mayor a 6 meses; ii) nuevos usuarios de EMAPA CAÑETE S.A., los cuales accederán al bene fi cio en primer lugar sobre la base de los Planos Estrati fi cados y en su defecto en función a su CSE, iii) usuarios de EMAPA CAÑETE S.A. que pierden el bene fi cio en función a la CSE cuya vigencia no sea mayor a 6 meses, y iv) actualización de los Planos Estrati fi cados. 2. EMAPA CAÑETE S.A. deberá llevar un registro para los supuestos (i), (ii) y (iii) mencionados en el párrafo anterior, el cual remitirá a la SUNASS cada 3 meses desde la aplicación de la estructura tarifaria. Para el supuesto (iv), la SUNASS, en coordinación con el INEI, actualizará la relación de usuarios de la categoría doméstico que acceden al bene fi cio, la cual será remitida a EMAPA CAÑETE S.A. ANEXO Nº 4 FONDOS Y RESERVAS DE EMAPA CAÑETE S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2018-2023 Fondo de Inversión Período Porcentaje de los Ingresos 1/ Año 1 9,0% Año 2 7,0% Año 3 19,0% Año 4 20,0% Año 5 15,0% 1/Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fi jo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal. Reserva para la Gestión de Riesgos de Desastres (GRD) y Adaptación al Cambio Climático (ACC) Período Porcentajes de los Ingresos1 Año 1 0,0 % Año 2 0,2% Año 3 0,0 % Año 4 0,0% Año 5 0,0 % 1/Ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado incluido el cargo fi jo. No considera el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal. Reserva para la Implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE) Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 1 3,3% Año 2 4,5% Año 3 4,2% Año 4 4,1% Año 5 4,0% 1/Ingresos generados por los servicios de agua potable y alcantarillado incluyendo el cargo fi jo. No considera Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal. La reserva deberá destinarse exclusivamente para la implementación de los MRSE, conforme con lo establecido en el Proyecto de Estudio Tarifario de EMAPA CAÑETE S.A. El aporte promedio por conexión de EMAPA CAÑETE S.A. es de S/ 0,9 para el primer año, de S/ 1,2 para el segundo y tercer año, y de S/ 1,1 para el cuarto y quinto año. La empresa prestadora deberá comunicar a través de comprobante de pago el aporte que realiza el usuario para la implementación de MRSE. Reserva para la elaboración e implementación del Plan de Control de Calidad (PCC) y elaboración del Programa de Adecuación Sanitaria (PAS) Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 1 0,4%PROYECTO