Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2018 (19/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Viernes 19 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Otorgan delegación de la función de emisión de Certificados de Origen a la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 366-2018-MINCETUR Lima, 11 de octubre de 2018 Visto, el Informe Técnico N° 014-2018-MINCETUR/ VMCE/DGFCE-DUO-MMC , el Informe Legal N° 09-2018-MINCETUR/VMCE/DGFCE-DUO-JBS de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior, el Memorándum N° 349-2018-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior, el Informe N° 345-2018-MINCETUR/ SG/OGPPD y el Memorándum N° 595-2018-MINCETUR/ SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos del Visto, la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque ha solicitado al MINCETUR, se le otorgue la delegación de la facultad de emitir Certificados de Origen a las empresas exportadoras a nivel nacional; Que, la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior a través de los documentos del Visto estima viable otorgar la delegación de la facultad de emitir Certificados de Origen a la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque, sustentando la emisión de la presente Resolución; Que, el numeral 5 del artículo 5 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el artículo 53-C del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, señalan que el MINCETUR a través de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, es el organismo competente para emitir Certificados de Origen, en el marco de los acuerdos suscritos por el Perú, en los regímenes preferenciales y no preferenciales, así como mantener un registro de los mismos; Que, el Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo tiene la facultad de delegar dicha competencia en personas jurídicas del sector privado cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hacen conveniente y en forma temporal, conforme a lo dispuesto en los artículos 76 y 79 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; Que, existen razones de orden técnico, económico, social y territorial para delegar la facultad de emitir Certificados de Origen a la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque y, asimismo, se cuenta con la opinión favorable de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior al respecto, por lo que resulta conveniente otorgar la delegación solicitada en la entidad antes mencionada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias y el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la delegación de la función de emisión de Certificados de Origen a la Cámara de

Comercio y Producción de Lambayeque, a fin de que se pueda emitir certificados de origen a las mercancías producidas en el territorio nacional, por un plazo de cinco (05) años, el mismo que se computará a partir de la fecha de suscripción del convenio a que se hace referencia en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 2.- La delegación será ejercida de acuerdo a los términos del convenio que se suscribirá entre el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque, conforme a las normas vigentes. Artículo 3.- Autorizar al Viceministro de Comercio Exterior a suscribir, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Convenio a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4.- Vencido el plazo señalado en el artículo 1 de la presente Resolución, la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque no podrá continuar emitiendo Certificados de Origen; salvo para la atención de aquellas solicitudes que fueran presentadas dentro del plazo establecido. De requerir una nueva delegación, ésta deberá solicitarse al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, previo cumplimiento de los requisitos de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1701381-1

Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Brasil, Argentina y Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 383-2018-MINCETUR Lima, 12 de octubre de 2018 Visto el Oficio Nº 264-2018-PROMPERÚ/GG, de la Gerencia General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en el marco de las acciones de promoción programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, se ha contemplado participar en el evento "South America Roadshow Virtuoso 2018", a realizarse en las ciudades de Rio de Janeiro y San Pablo, República Federativa de Brasil, Buenos Aires, República Argentina y Santiago, República de Chile, del 22 al 27 de octubre de 2018, dirigido a agencias miembros de la Red Virtuoso, con el objetivo de brindar información actualizada de la oferta turística del Perú y fortalecer la imagen del Perú como un destino turístico; asimismo, el día 21 de octubre de 2018, se tiene previsto ejecutar acciones previas necesarias para la óptima presentación en este evento, que cautelen el cumplimiento de los objetivos planificados; Que, es importante la participación en el evento organizado por la Red Virtuoso, por constituir la red de agencias de viaje más prestigiosa del mundo, dirigida a viajeros individuales de mayor poder adquisitivo, lo que permitirá contactar con agentes de viajes y tour operadores de los países visitados, para facilitar e impulsar la venta de manera óptima de los diferentes circuitos turísticos que ofrece el Perú; Que, en tal razón, la Gerencia General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior de la señora Angiela María Díaz Palomares, quien labora en

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