Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2018 (19/10/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

12

NORMAS LEGALES

Viernes 19 de octubre de 2018 /

El Peruano

Artículo 7.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica es la responsable de llevar el registro de los acuerdos del Grupo de Trabajo y custodiar sus actas y toda documentación que se genere durante su vigencia. Artículo 8.- Plazo de Vigencia El Grupo de Trabajo tendrá vigencia de dos (02) años contados a partir de la publicación de la presente resolución, a cuyo término se evaluará la pertinencia de su continuidad. Artículo 9.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Cultura, sin demandar recursos adicionales al tesoro público. Artículo 10.- Derogación Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 417-2014MC de fecha 11 de noviembre de 2014, que aprueba la conformación de la Comisión de transparencia y Anticorrupción del Ministerio de Cultura. Artículo 11.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura. gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1702984-1

Otorgan distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" al Centro de Escritoras de Arequipa - CEA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 420-2018-MC Lima, 16 de octubre de 2018 VISTOS, el Informe N° 900125-2018-DLL/DGIA/ VMPCIC/MC de la Dirección del Libro y la Lectura y el Informe N° 900215-2018-DGIA/VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas el convocar y conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC (en adelante ROF), el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene entre sus funciones emitir opinión técnica y recomendación en materia de su competencia, tales como, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país, solicitando los informes correspondientes a los órganos de línea del Ministerio; Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 81.3 del artículo 81 del ROF, la Dirección del Libro

y la Lectura es la unidad orgánica encargada de emitir opinión técnica sobre las materia de su competencia que le sea requeridos o consultados; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante Resolución Ministerial a ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, mediante Informe N° 900215-2018/DGIA/ VMPCIC/MC de fecha 01 de octubre de 2018, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, recomendó que en mérito a las conclusiones del Informe N° 900125-2018-DLL/DGIA/VMPCIC/MC de fecha 25 de setiembre de 2018, emitido por la Dirección del Libro y la Lectura, otorgué la distinción como "Personalidad Meritoria de la Cultura" al Centro de Escritoras de Arequipa - CEA en reconocimiento a su amplia trayectoria en actividades destinadas a la promoción del libro y la lectura, como la ejecución de recitales, donación de libros, formación de bibliotecas y la publicación periódica de libros, revistas o trípticos en coordinación con entidades nacionales e internacionales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Directiva N° 002-2016/MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial N° 1072016-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" al Centro de Escritoras de Arequipa ­ CEA, en reconocimiento a su amplia trayectoria en actividades destinadas a la promoción del libro y la lectura. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1702942-1

DEFENSA
Delegan facultades en diversos funcionarios del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1340-2018 DE/SG Lima, 17 de octubre de 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.