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24 NORMAS LEGALES Viernes 19 de octubre de 2018 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial N° 617-2017-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 038 Ministerio de la Producción; Que, mediante Decreto Supremo N° 157-2012-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, hasta por la suma de US$ 35 000 000,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el “Proyecto Innovación para la Competitividad”; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, el Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, en el ámbito del Ministerio de la Producción, y señala entre otros, que tiene como objetivo general impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; asimismo, establece la fusión por absorción a la Unidad Ejecutora 012: Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y Tecnología de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente establece, entre otros, que el Proyecto Innovación para la Competitividad se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP N° 159771 y en el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE, y que el Consejo Directivo a cargo de su ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción; Que, la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza para el presente Año Fiscal 2018, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios defi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias fi nancieras y las subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, requiriéndose el Informe favorable previo de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces; Que, la citada Disposición Complementaria Final, dispone entre otros, que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; señalando que los mismos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia u otorgamiento, según corresponda; Que, mediante Memorando N° 139-2018-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.UM de fecha 27 de setiembre de 2018, el Jefe de la Unidad de Monitoreo de INNOVATE PERÚ, señaló que la mencionada Unidad aprueba el otorgamiento de las subvenciones a favor de los determinados bene fi ciarios, cuya relación adjunta, a fi n de garantizar la culminación exitosa de los proyectos; Que, mediante O fi cio N° 402-2018-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE, el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, remite a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 092-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ/UPEG de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, sustentando la necesidad de autorizar las transferencias fi nancieras a favor de siete (07) entidades públicas, vinculadas a los Sectores de Educación y Ambiental, señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, hasta por la suma de DOSCIENTOS VEINTIÚN MIL CIENTO DIECISÉIS Y 84/100 SOLES (S/ 221 116,84), correspondiendo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, el importe de S/ 146 671,06 y en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito el importe de S/ 74 445,78, destinados a efectuar los desembolsos a los proyectos: i) 01 a Proyectos de “Investigación Básica” – IB; ii) 08 a Proyectos de “Investigación Aplicada” – IA; iii) 01 a Proyectos de “Equipamiento Cientí fi co de Laboratorios” – ECL; iv) 01 a Proyectos de “Fortalecimiento de Incubadoras” – FI; y, v) 01 a Proyectos Vinculados a “Becas de Repatriación de Investigadores” – BRI, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE y lo dispuesto por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, señalando que se cuenta con los recursos necesarios para otorgar las mencionadas transferencias y que los bene fi ciarios de los recursos vienen cumpliendo con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios y contratos respectivos, debidamente suscritos; Que, por Memorando N° 1302-2018-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la O fi cina de General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe N° 385-2018-PRODUCE/OGPPM-OP, de su O fi cina de Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas vinculadas al Sector de Educación y Ambiental, hasta por la suma de DOSCIENTOS VEINTIÚN MIL CIENTO DIECISÉIS Y 84/100 SOLES (S/ 221 116,84), correspondiendo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios el importe de S/ 146 671,06 y en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito el importe de S/ 74 445,78, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Partida del Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, destinadas a efectuar los desembolsos en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias fi nancieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de entidades públicas vinculadas al Sector de Educación y Ambiental señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de DOSCIENTOS VEINTIÚN MIL CIENTO DIECISÉIS Y 84/100 SOLES (S/ 221 116,84), correspondiendo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios el importe de S/ 146 671,06 y a la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito el importe de S/ 74 445,78, destinadas a efectuar los desembolsos a los proyectos señalados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE y de la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.