Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2018 (25/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Jueves 25 de octubre de 2018 /

El Peruano

de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; establece que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público se otorgará por resolución ministerial del respectivo Sector; Que, los gastos por concepto de viáticos serán asumidos con cargo al Presupuesto Institucional del Despacho Presidencial; De conformidad con la Ley Nº 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial aprobado mediante el Decreto Supremo N° 077-2016-PCM, y modificatoria; y, la Directiva 004-2018DP/SSG "Lineamientos para la solicitud, uso y rendición de viáticos otorgados por viaje en comisión de servicios al interior y exterior del país del Despacho Presidencial" aprobada por Resolución de Subsecretaría General N° 020-2018-DP/SSG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la comitiva oficial del Despacho Presidencial a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 25 al 26 de octubre de 2018, para los fines a los que se refiere la parte considerativa de la presente resolución ministerial, conforme al siguiente detalle: 1. Señora Maribel Carmen Diaz Cabello, Primera Dama 2. General de Brigada E.P, Wuilliam Saturnino Flores Zúñiga, Jefe de la Casa Militar 3. Señora Consejera del SDR, Claudia Nora Alemán Urteaga, Secretaria de Actividades del Despacho Presidencial 4. Señora Mónica Patricia Moreno Martínez, Secretaria de Comunicación Estratégica y Prensa 5. Señora Ministra Consejera del SDR, Claudia Elizabeth Guevara De La Jara, Directora (e) de la Oficina de Apoyo al Cónyuge del Presidente de la República 6. Comandante E.P. Walter Germano Vela Soares, Edecán del Presidente 7. Capital PNP, Waldo Humberto Chenet Villegas, Personal de Seguridad del Despacho Presidencial Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Despacho Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Maribel Carmen Diaz Cabello Wuilliam Saturnino Flores Zúñiga Claudia Nora Alemán Urteaga Mónica Patricia Moreno Martínez Claudia Elizabeth Guevara De La Jara Walter Germano Vela Soares Waldo Humberto Chenet Villegas Viáticos en US$ 00.00 US$ 740.00 (US$ 370.00 x 2) US$ 740.00 (US$ 370.00 x 2) US$ 740.00 (US$ 370.00 x 2) US$ 740.00 (US$ 370.00 x 2) US$ 740.00 (US$ 370.00 x 2) US$ 740.00 (US$ 370.00 x 2)

se autoriza deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1705579-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Autorizan viaje de servidores a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0415-2018-MINAGRI Lima, 24 de octubre de 2018 VISTOS: El Memorando N° 01098-2018-MINAGRI-DVDIAR/ DGIAR-DG, de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego; el Informe N° 0004/2018-MINAGRIDVDIAR-PEBPT-DE del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, y el Informe Legal N° 1006-2018-MINAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos del Perú y del Ecuador, llevan a cabo Gabinetes Binacionales de Ministros que constituyen la máxima instancia de diálogo y coordinación política, cuyos trabajos se estructuran en función a cinco Ejes Temáticos: asuntos sociales y culturales; asuntos productivos, comerciales, de inversión y turismo; asuntos ambientales, energéticos y mineros; infraestructura y conectividad y, seguridad y defensa; Que, el Encuentro Presidencial y el XII Gabinete Binacional Perú - Ecuador se llevará a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador, el día 26 de octubre de 2018, precedido de reuniones técnicas a realizarse el 25 de octubre del año en curso, con el fin de preparar la presentación de cada Eje Temático que será expuesto a los Presidentes durante el citado encuentro binacional; Que, la participación en las reuniones técnicas preparatorias del Encuentro Presidencial y XII Gabinete Binacional Perú - Ecuador, tiene como objetivo hacer seguimiento a los compromisos aprobados y ejecutados durante el año 2018, así como la negociación y aprobación de nuevos compromisos para el año 2019; Que, en virtud de ello, se han realizado las coordinaciones necesarias para autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los señores Oscar Darío Vargas Cerón, Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego y, Manuel Trinidad Leiva Castillo, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes, para participar de las reuniones técnicas preparatorias del Encuentro Presidencial y XII Gabinete Binacional Perú - Ecuador, a llevarse a cabo el día 25 de octubre de 2018 que, por razones de itinerario, se autoriza del 25 al 27 de octubre de 2018; Que, los gastos que irrogue la participación de ambos funcionarios serán asumidos por la Unidad Ejecutora 014: Binacional Puyango -Tumbes del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego; Que el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas cuyo viaje

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