Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2018 (25/10/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Jueves 25 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

25

ENERGIA Y MINAS
Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Defensa, para el pago del gasto efectuado en atención a los vuelos de apoyo brindados al Ministerio de Energía y Minas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 414-2018-MEM/DM Lima, 22 de octubre de 2018 VISTOS: El Informe N° 130-2018-MEM-OGA/ OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe N° 203-2018-MEM-OGPPOPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 8912018-MEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y la Resolución Ministerial N° 528-2017-MEM/DM se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos e Ingresos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas; Que, el primer párrafo de la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, dispone que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados a realizar transferencias financieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, sólo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto máximo que debe ser financiado con cargo al Presupuesto Institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior; Que, el segundo párrafo de la misma disposición establece que dichas transferencias financieras se financian con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego que reciba el apoyo de las FFAA o PNP, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; y se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego que reciba el apoyo de las FFAA o PNP, bajo responsabilidad de su Titular, publicándose la mencionada resolución en el diario oficial "El Peruano"; Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2018-PCM se establece como monto máximo para atender las operaciones de apoyo a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional, la suma de S/ 49 438,00 (Cuarenta y Nueve Mil Cuatrocientos Treinta y Ocho y 00/100 Soles) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, a través del Oficio N° 840-2018-PCM/SG, la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros remite el Informe N° D000008-2018-PCM-OGPP, el cual concluye que en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, el Ministerio de Defensa ha excedido el monto máximo establecido en el Decreto Supremo N° 017-2018-PCM para atender las operaciones de apoyo a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional en el Año Fiscal 2018, con cargo a su presupuesto, por lo que, se recomienda que el Ministerio de Defensa haga de conocimiento el citado informe a las Entidades del Gobierno Nacional que soliciten apoyo de las FFAA, para que se autoricen las transferencias financieras respectivas durante el Año Fiscal 2018; Que, con Oficio Múltiple N° 83-2018-MINDEF/VRD del Viceministerio de Recursos para la Defensa del Ministerio de Defensa, se comunica que las FFAA brindó apoyo

a diversas entidades mediante vuelos de apoyo en el período de enero y febrero del Año Fiscal 2018, entre ellas, el Ministerio de Energía y Minas, por un importe de S/ 12 603,24 (Doce Mil Seiscientos Tres con 24/100 Soles), por lo que se solicita la transferencia correspondiente; Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestario N° SIAF 2606 (2018-02633-001), correspondiente al monto a transferir a favor del Ministerio de Defensa - Ejército Peruano, que cubre la suma indicada en el considerando precedente; Que, en virtud de lo expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la transferencia financiera, por la suma de S/ 12 603,24 (Doce Mil Seiscientos Tres con 24/100 Soles), con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para el pago de los gastos efectuados por el Ministerio de Defensa - Ejército Peruano, en atención al apoyo brindado al Ministerio de Energía y Minas, conforme a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Con el visto bueno de la Secretaria General; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; del Director General de la Oficina General de Administración; y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma de S/ 12 603,24 (Doce Mil Seiscientos Tres con 24/100 Soles), a favor de la Unidad Ejecutora 000468: Ministerio de Defensa - OGA del Pliego 026: Administración General - Ministerio de Defensa, para el pago del gasto efectuado en atención a los vuelos de apoyo brindados al Ministerio de Energía y Minas. Artículo 2.- La transferencia financiera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, no pudiendo ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos, según el siguiente detalle:
DEL Pliego : 016 Ministerio de Energía y Minas. Unidad Ejecutora : 001 Ministerio de Energía y Minas - Central Fuente de Financiamiento : Recursos Ordinarios Gastos Corrientes: 2.4.1 Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional S/ 12 603,24 AL Pliego Unidad Ejecutora SIAF : 026 Administración General ­ Ministerio de Defensa : N°000468 ­ Ministerio de Defensa ­ OGA S/ 12 603,24

Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución Ministerial se publique en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas, (www.minem.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1705245-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.